Así puedes cobrar el Seguro de Cesantía por Internet

La Tasa de Desocupación, que arrojó un 8 % a nivel nacional.

El Seguro de Cesantía lo cobran los trabajadores que recientemente hayan perdido su empleo.

Luego de conocerse el último reporte del INE sobre la Tasa de Desocupación, que arrojó un 8 % a nivel nacional (agosto-octubre), AFC recomienda cobrar el seguro por internet, sin necesidad de asistir a una sucursal en forma presencial.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía por internet?

Primero ve a afc.cl e ingresa con tu RUT y Clave Única, o bien con tu clave AFC que puedes solicitar en la misma web.

Una vez adentro, pincha el botón “Cobrar Seguro de Cesantía” y sigue estos pasos:

  • Sube el finiquito o documento de término de contrato: Debe estar digitalizado con todas sus páginas y puede estar en formato PDF, JPG, JPEG o PNG. Si el trabajador no tiene finiquito, existen otras 15 alternativas de documentos válidos para acreditar el fin de la relación laboral.
  • Revisa la simulación de pago: En esta fase el trabajador puede conocer las fechas de pago y montos que recibirá. Si cumple con los requisitos, podrá escoger el acceso a los beneficios complementarios del Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
  • Confirma los datos de transferencia: La persona deberá indicar en qué cuenta bancaria quiere recibir su dinero. También puede escoger pago en efectivo en sucursales Servipag o BancoEstado.

¿Cómo hacerlo de forma presencial?

En caso de tramitarlo de forma presencial en una sucursal de AFC, se aconseja reservar hora de atención por internet con tiempo y llevar obligatoriamente el finiquito u otro documento original que acredite el término de la relación laboral.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Estar cesante.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: Contar con seis cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.