La peor noticia: El duro revés judicial que confirma la verdadera pesadilla que vive Joaquín Lavín León

La Corte de Apelaciones rechazó el recurso de Joaquín Lavín León y mantuvo la prisión preventiva

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar el recurso de amparo presentado por la defensa de Joaquín Lavín León, decisión que mantiene vigente la prisión preventiva decretada en su contra en el marco de la investigación por presunto fraude al fisco.

Con esta determinación, el parlamentario desaforado continuará privado de libertad mientras avanzan las diligencias judiciales del caso.

Tribunal ratificó resolución del Séptimo Juzgado de Garantía

La resolución fue adoptada por la Segunda Sala del tribunal de alzada, instancia que emitió un fallo de 13 páginas donde concluyó que el recurso de amparo no correspondía como mecanismo para impugnar la medida cautelar.

De esta forma, se confirmó la decisión tomada previamente por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, encabezado por el juez Daniel Urrutia.

Corte apuntó a otras vías legales para revisar la cautelar

En el documento, la Corte sostuvo que las objeciones planteadas por la defensa pueden ser revisadas mediante otras herramientas procesales contempladas en la legislación vigente.

“todas las alegaciones pueden resolverse en la audiencia de revisión de cautelares derivada del ejercicio del recurso de apelación contemplado en el artículo 149 del Código Procesal Penal”, señala parte del fallo.

Defensa intentó revertir prisión preventiva mediante amparo

Los abogados del diputado desaforado habían recurrido a esta acción constitucional buscando dejar sin efecto la medida cautelar.

Sin embargo, los magistrados estimaron que el recurso no podía utilizarse como una vía paralela para revisar decisiones ya adoptadas por tribunales competentes.

En esa línea, la resolución indicó que el amparo no puede transformarse “en una instancia paralela de revisión de resoluciones cautelares”.

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Corte descartó arbitrariedad o ilegalidad

Finalmente, el tribunal concluyó que en este caso no existieron antecedentes que demostraran una vulneración evidente de derechos fundamentales.

Por ello, determinó que no hubo “ilegalidad o arbitrariedad palmaria y manifiesta” que justificara acoger el recurso presentado en favor de Joaquín Lavín León.