Seguirá en prisión preventiva: los macabros detalles que reveló la Fiscalía contra el padre de la niña que cayó del piso 11 en Las Condes
Jorge Constanzo seguirá en prisión preventiva tras nuevos antecedentes de la Fiscalía. ¿Qué reveló la audiencia?
Jorge Constanzo continuará en prisión preventiva luego de que el 4° Juzgado de Garantía de Santiago rechazara modificar la medida cautelar decretada en su contra. Durante la audiencia, la Fiscalía expuso nuevos antecedentes relacionados con el consumo de alcohol del imputado el día en que su hija de dos años murió tras caer desde el piso 11 de un edificio en Las Condes.
Tribunal mantuvo la prisión preventiva de Jorge Constanzo
La audiencia de revisión de cautelares se desarrolló en el Centro de Justicia de Santiago, luego de una solicitud presentada por la defensa del imputado.
Tras escuchar los argumentos de ambas partes, el tribunal resolvió mantener la medida más gravosa al considerar que la libertad de Constanzo constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
La prisión preventiva había sido ordenada anteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió la tesis del Ministerio Público y calificó preliminarmente los hechos como un homicidio por omisión con dolo eventual.
Fiscalía sostiene que el padre anticipó el riesgo
Durante la audiencia, el Ministerio Público insistió en que el caso no correspondería únicamente a una conducta negligente.
La Fiscalía sostiene que Jorge Constanzo, debido a su calidad de padre y cuidador, tenía una posición de garante respecto de la menor. Bajo esa figura, debía adoptar las medidas necesarias para impedir que la niña quedara expuesta a un peligro previsible.
El fiscal de Género, Ezio Braghetto, explicó el fundamento de la imputación:
“Significa en términos simples, que efectivamente hubo una representación del resultado que finalmente ocurrió y, frente a esa representación, el padre, en este caso, simplemente no actuó de la manera que correspondía de acuerdo a su posición de garante y no tomó racionalmente las medidas necesarias para evitar ese resultado”, detalló.
Según la tesis del ente persecutor, el acusado habría conocido las condiciones de riesgo existentes dentro del departamento, pero no habría actuado de manera eficaz para evitar el fatal desenlace.
Boleta reveló el consumo de alcohol durante el almuerzo
Uno de los principales antecedentes presentados en la audiencia fue una boleta obtenida desde el restaurante al que Jorge Constanzo acudió junto con su pareja y la niña durante la hora de almuerzo.
De acuerdo con la Fiscalía, el comprobante permitió establecer la cantidad de bebidas alcohólicas adquiridas en esa oportunidad.
“Esa boleta considera el consumo de cuatro copas de pisco sour y también de una copa de vino en cuanto al alcohol. Tenemos certeza de la conducción de camino al restaurante y de vuelta, lo que asociado también al resultado de la alcoholemia a las 21:00 horas noche nos permite afirmar que el imputado condujo en estado de ebriedad al momento en que volvió a su domicilio”, agregó el persecutor.
Este antecedente fue contrastado con el examen practicado al imputado durante la noche del mismo día. El informe del Servicio Médico Legal estableció que registraba 0,85 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de la toma de muestra.
Resultado contradice su declaración inicial
La información expuesta por la Fiscalía también se contrapone con la versión entregada anteriormente por Constanzo a la Policía de Investigaciones.
En esa declaración, el imputado afirmó que durante el almuerzo había bebido una copa de vino y un pisco sour. También reconoció haber consumido alcohol durante una celebración y en una discoteca la noche anterior.
La boleta presentada en la audiencia, sin embargo, consignaría un consumo superior durante la comida realizada pocas horas antes de la caída de la menor.
El Ministerio Público utilizó esos antecedentes para reforzar su postura de que el hombre habría regresado al departamento bajo los efectos del alcohol antes de acostarse a dormir.
Qué significa la imputación por homicidio por omisión
La Fiscalía atribuye a Jorge Constanzo el delito de homicidio por omisión bajo la figura del dolo eventual.
Esta hipótesis plantea que una persona, pese a representarse la posibilidad de un resultado fatal, no adopta las acciones necesarias para evitarlo, aun cuando tiene el deber legal de proteger a la víctima.
En este caso, los persecutores sostienen que la menor quedó sola en una habitación ubicada en el piso 11, cerca de una ventana sin las medidas de seguridad necesarias.
La investigación deberá determinar si la abertura estaba cerrada antes de que el padre abandonara la pieza, tal como aseguró en su declaración, o si permaneció abierta cuando la niña quedó sin supervisión.
La Corte de Apelaciones ya había considerado que existían riesgos previsibles que el imputado presuntamente conocía y que podían ser evitados.
Defensa todavía puede apelar
Pese al revés judicial, la defensa de Jorge Constanzo todavía puede recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago para intentar modificar la prisión preventiva.
En caso de concretarse una apelación, será el tribunal de alzada el que determine si mantiene la cautelar o la reemplaza por una medida de menor intensidad.
Mientras aquello no ocurra, el imputado permanecerá privado de libertad durante el desarrollo de las diligencias.
Investigación continúa en desarrollo
El proceso deberá esclarecer las condiciones exactas en que la niña cayó desde la ventana del departamento y establecer si su padre actuó con dolo eventual, como plantea la Fiscalía, o si los hechos corresponden a una conducta imprudente, como sostiene la defensa.
También serán relevantes el informe de alcoholemia, la boleta del restaurante, las declaraciones de los involucrados y los peritajes realizados en el inmueble.
Jorge Constanzo mantiene la calidad de imputado y debe ser considerado inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme.