Reiteran restricción vehicular en Puerto Montt a partir de mañana

Reiteran medida de restricción vehicular en Puerto Montt a partir de mañana

restricción vehicular en Puerto Montt
Quienes no cumplan con la restricción vehicular se exponen a pagar multas entre 0,2 y 1 UTM, según lo determine el juez de policía local respectivo

A fin de reducir la movilidad de las personas para frenar la propagación del covid-19, a partir de este lunes 11 de enero se aplicará la medida de restricción vehicular en Puerto Montt.

Al respecto, el seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Nicolás Céspedes Morales, explica que la resolución de Transportes establece varias excepciones.

Aclaró que pueden seguir circulando los vehículos de emergencia, vehículos fiscales o de uso fiscal, vehículos destinados a las faenas de limpieza de calles y vehículos de servicios funerarios.

Los vehículos de reparto de mercadería, vehículos de empresas esenciales, vehículos de transporte público de pasajeros, urbanos, rurales e interurbanos, también están exceptos de la medida.

Lee también: Conoce los números de restricción vehicular en Puerto Montt desde el lunes

En cuanto a los vehículos de transporte privado remunerado de pasajeros, transporte escolar, tampoco se verán obligados a cumplir la restricción.

Los taxis básicos y sus modalidades, taxis colectivos dentro de su recorrido habitual, y los de transportes de carga, también podrán circular libremente.

Igualmente, Céspedes Morales señaló que también “quedan exceptuados los vehículos particulares que se traslade al personal de Salud, público o privado, y de bomberos que concurra a una emergencia”.

No obstante, aclaró que en este último caso, deberán ser acreditadas, presentando la credencial de la respectiva institución.

¿Cuáles son los números de la restricción vehicular en Puerto Montt?

La restricción vehicular en Puerto Montt dependerá del último dígito de la Placa Patente Única (PPU). Estableciendo que, los lunes no podrán circular los vehículos cuya patente termine en 0 o 1, martes 2 y 3. Los miércoles los que finalicen en 4 y 5, los jueves en 6 y 7, y los viernes en 8 y 9.

De acuerdo a la Ley de Tránsito, quienes no cumplan con la restricción vehicular se exponen a pagar multas entre 0,2 y 1 UTM. Ello lo determinará el juez de policía local respectivo

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