El Tribunal Constitucional frenó puntos clave de la megarreforma del Ejecutivo. Conoce los cambios en materia tributaria y ambiental.
Una resolución con alcances mixtos emitió el Tribunal Constitucional (TC) tras revisar las impugnaciones presentadas por un grupo de parlamentarios en contra del proyecto de megarreforma promovido por el Ejecutivo. Si bien la instancia jurisdiccional acogió parte de los reparos formulados por los requirentes, el grueso de la iniciativa legislativa logró sortear el control constitucional y se mantendrá en vigor.
El veredicto se dio a conocer luego de dos extensas jornadas de alegatos. En estrado, la postura de La Moneda y la Cámara Alta estuvo a cargo de los juristas Arturo Fermandois y Catalina Salem, mientras que la parte requirente fue representada por los abogados Jorge Correa Sutil, Diego Pardo y Melissa Mallega.
Freno a la discrecionalidad: Los ajustes en materia impositiva
Uno de los puntos centrales del debate estuvo radicado en el régimen de invariabilidad tributaria contemplado en el texto legal. Tras el análisis, los magistrados determinaron suprimir del artículo 29 la frase “o por la ejecución de proyectos conexos”, anulando asimismo en su totalidad el numeral que regulaba dicho beneficio.
En esa misma línea, el tribunal descartó el uso de la fórmula “entre otros” y dejó sin efecto la atribución que se le otorgaba al Ministerio de Hacienda para prorrogar la vigencia de estos incentivos fiscales bajo “circunstancias calificadas”, limitando de esta manera el margen de acción arbitrario de la cartera en dicha materia.
El revés ambiental y los alcances en la Ley 19.300
El ámbito medioambiental concentró una de las derrotas más notorias para el oficialismo. El fallo declaró la inconstitucionalidad absoluta de los artículos 12 y 13 del proyecto, lo que sepultó de forma definitiva el mecanismo especial de compensación económica contemplado ante la anulación de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Cambios en las reclamaciones ecológicas y concesiones del sector acuícola
Respecto a la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, la resolución eliminó del artículo 20 el enunciado “que no hayan sido evaluados y”. Gracias a esta modificación, se flexibiliza y amplía la posibilidad de objetar aspectos de una evaluación de impacto ambiental que previamente estaban condicionados por esa limitación.
Por otro lado, la sentencia también objetó parcialmente las disposiciones vinculadas a las microrelocaciones de concesiones acuícolas, declarando inconstitucional un segmento de la normativa impugnada por los legisladores.
El respaldo al umbral de inversión de US$ 50 millones
Pese a las objeciones acogidas, el TC desestimó el reclamo que buscaba invalidar el piso mínimo de US$ 50 millones fijado para acceder a los beneficios del paquete legislativo. Aunque el bloque requirente argumentaba que este monto resultaba arbitrario, el tribunal ratificó la legalidad de la cifra.
De esta manera, el pronunciamiento reconfigura elementos sustanciales de la propuesta en áreas tributarias, ecológicas y acuícolas, sin llegar a derribar la estructura global de la reforma gubernamental.
⚖️ Tribunal Constitucional acogió parcialmente los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por grupos de parlamentarios. pic.twitter.com/E0qZvQRWey
— Tribunal Constitucional de Chile (@tribconst_chile) August 14, 2026

