SII permitirá acceder al préstamo solidario con tasa 0% de interés real - Central Noticia

SII permitirá acceder al préstamo solidario con tasa 0% de interés real

Foto: meganoticias.cl
Los trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales tendrán disponible la opción de revisar si cumplen en septiembre con…

Los trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales tendrán disponible la opción de revisar si cumplen en septiembre con los requisitos para poder adquirir el préstamo solidario del Estado, con una tasa de interés real de 0% de hasta 650 mil pesos.

Las personas podrán ingresar al portal de la página del Servicio de Impuestos Internos (SII) para acceder a la plafatorma, la cual actualizó sus datos con esta opción.

Para poder disfrutar del préstamo, los trabajadores dependientes y empresarios individuales deben registrar un ingreso tributable promedio igual o superior a $400 mil durante 2019, y tener una disminución de ingresos de al menos un 30%, en el mes anterior al que solicita el beneficio. Es decir, para postular en septiembre deben considerarse los ingresos de agosto.

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El préstamo solidario disponible será igual al 70% de la disminución de ingresos que reportó la persona, con un tope de $650 mil, y podrá solicitarse hasta por 3 meses, continuos o discontinuos, entre agosto y diciembre de 2020.

En cuanto a los trabajadores independientes, tendrán acceso hasta tres veces entre junio y noviembre a un préstamo similar y reembolsable, con tasa real del 0%, reajustable de acuerdo al IPC. Lo que significa que si pidieron el préstamo en junio, julio y agosto, completaron ya el máximo posible de solicitudes.

Para ello, deben haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020.

Además, en el mes de agosto de 2020, los ingresos por boletas de honorarios electrónicas deben haberse reducido en al menos un 30% respecto del promedio entre abril de 2019 y marzo de 2020.

Pagos del préstamo

El reintegro de este beneficio deberá realizarse a partir de 2022, en 4 cuotas, y seguirá el siguiente cronograma:

1° cuota equivalente al 10% del beneficio entregado, a pagar en 2022

2° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2023

3° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2024

4° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2025

Las autoridades informarán sobre las fechas exactas para realizar los reintegros. El contribuyente podrá realizar pagos anticipados en caso de que lo desee.

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La cuota anual de reintegro no deberá sobrepasar el 5% del total de las rentas informadas en su Declaración de Renta. Si por la aplicación del tope señalado, después del último pago se mantiene un saldo de la deuda, este será condonado.

Información de t13.cl

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