Nacional

Bono por Hijo: Sigue estos pasos para disfrutar del beneficio cada mes

Publicidad
publicado: 21.01.2021
Bono por Hijo

créditos: Foto: Trabajemos.cl

Este aporte va incluido en la pensiones regular de cada mes, y para postularse deberás ingresar a la página web del Instituto de Previsión Social (IPS). La solicitante deberá llenar el formulario y cumplir con los requisitos establecidos.

Publicidad

El Bono por Hijo es una ayuda del Estado creado antes de la pandemia del Covid-19, con el fin de aumentar la pensiones que las mujeres reciben. El monto aumentará dependiente de la cantidad de hijos que tenga la beneficiaria, sean naturales o adoptados.

Este aporte va incluido en la pensiones regulares de cada mes, y para postularse deberás ingresar a la página web del Instituto de Previsión Social (IPS).

Una vez dentro, la solicitante tendrá que llenar el formulario y cumplir con una serie de requisitos para que se haga efectiva.

Si el hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($ 165.000). Para estos casos será un aporte mensual de $24.750.

Por otro lado, si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

Para bebés nacidos en 2020, el monto sería de $48.750 mensuales.

Requisitos a cumplir

Según la normativa, podrán acceder las madres que estén afiliadas al sistema el DL Nº 3.500. Esto quiere decir que que no pueden tener afiliación a otro régimen previsional.

También podrán las madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).

Por último entrarán las madres que no estén afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sean de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañías de seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o del Instituto de Previsión Social.

En cualquiera de los casos, debe haber comenzado a recibir la pensión a partir del 1° de julio del 2009.

Lee también: ¿Tienes bonos pendientes? Averigua aquí si eres uno de los 73 mil beneficiarios con aportes por cobrar

También se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Así podrás postular paso por paso al beneficio

Publicidad
Publicidad
Salir de la versión móvil