Tercer retiro del 10% AFP: Montos y Bono de Reconocimiento

Tercer retiro del 10%: Montos máximos y mínimos, Bono de Reconocimiento y formas de pago

retiro del 10% AFP
La iniciativa contempla que los pensionados de rentas vitalicias también tendrían derecho a realizar la solicitud

La discusión del proyecto de ley para el tercer retiro del 10% AFP podría iniciar en marzo, tras el receso legislativo que transcurre.

La iniciativa contempla que los pensionados de rentas vitalicias también tendrían derecho a realizar la solicitud.

CVH Noticias destaca que los ahorros retirados no serán objeto de retención, descuento, compensación legal, ya que deberán ser considerados como un ingreso no constitutivo de renta. 

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¿Cuánto dinero podría obtener con el tercer retiro del 10% ?

La cifra máxima a extraer son 150 UF, cerca de $4,3 millones, con este eventual tercer retiro de fondos. En tanto, establece un mínimo de 35 UF$1 millón aproximadamente.

Al igual que sus aprobadas versiones anteriores, si el monto disponible es inferior al mínimo extraíble, se podrá retirar la totalidad. 

En el caso de los pensionados con rentas vitalicias, el proyecto establece que se deberá considerar el reajuste del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) “en el periodo que media entre la suscripción del contrato y la solicitud de retiro”. 

Plazos del retiro del 10% AFP

Al igual que en las normativas anteriores, el dinero se entregará en dos fases.

En una primera, se depositará el 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que se presenta la solicitud. Esto, válido tanto para la AFP como la compañía de seguros. Y finalmente el otro 50% que será entregado en un plazo no mayo a 30 días hábiles desde el retiro anterior. 

En caso de que sea aprobado el tercer retiro del 10% AFP, el plazo para poder realizar el retiro será de 365 días desde el momento en que se promulgue.

¿Qué es el Bono de Reconocimiento?

Este proyecto se diferencia de los anteriores por una novedad. Se trata de la inclusión de un Bono de Reconocimiento.

Una vez haya hecho la solicitud, el Estado deberá calcular y emitir un título de deuda expresado en dinero que se denominará Bono de Reconocimiento.

Este bono  será representativo “del monto total de los retiros efectuados por el afiliado o pensionado”. Además, deberá ser reajustado según el IPC, de acuerdo a la variación registrada entre la fecha del último retiro y el último día del mes anterior a la jubilación, y con un interés anual del 4%. 

¿Cómo se pagaría el Bono de Reconocimiento?

El Bono de Reconocimiento se emitirá con el nombre del afiliado a la AFP o pensionado con renta vitalicia y estará a cargo del Estado.

Para los afiliados a las administradoras de fondos de pensiones que no se hayan pensionado, al momento acogerse a pensión, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado.

Este bono deberiá ser depositado con anterioridad al recálculo que deba efectuar la administradora en el año en que se efectúe el retiro. Así será para quienes ya estén pensionados.

Por último, quienes se encuentren bajo la modalidad del reta vitalicia, el dinero se abonará a la compañía en el plazo de un mes desde que se realice el retiro. 

 

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