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Fondo de Cesantía Solidario: Quiénes tienen derecho a recibirlo, cómo solicitarlo y cuáles son los montos del aporte

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publicado: 12.06.2021

La forma en que se financia este beneficio depende del contrato de trabajo

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El Fondo de Cesantía Solidario garantiza aportes mínimos a los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Este beneficio que puede ayudar al bolsillo de las personas está orientado a trabajadores que no cuentan con recursos suficientes en sus cuentas cuando quedan desempleados.

Además, también puede ser solicitado al agotarse los fondos del Seguro de Cesantía de un trabajador.

La forma en que se financia este beneficio depende del contrato de trabajo.

Al respecto, en Meganoticias colocan un ejemplo.En caso de que la persona tenga contrato indefinido, los fondos son financiados con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador. Si el contrato es a plazo fijo, por obra o faena, será con 0,2% de la cotización.

¿Quiénes tienen derecho a recibir el beneficio?

Quienes se encuentran en las siguientes condiciones tienen derecho a recibir el beneficio:

¿Cómo solicitar el beneficio?

El citado medio aclara que hay dos formas de solicitar el beneficio. La primera es de forma presencial y otra vía online. En la primera, la persona debe acercarse a las sucursales de la AFC con su cédula de identidad vigente y un documento que respalde el término de la relación laboral.

Por otro lado, si hace el trámite vía Internet, debe ingresar al sitio web de la AFC con su RUT y clave de acceso, o con su Clave Única. Se debe rellenar un formulario con los datos personales y adjuntar el documento que acredite su cesantía.

¿Cuáles son los valores que puedo recibir?

Los aportes monetarios se recibirán durante todo el tiempo en que la persona esté cesante.

No obstante,  hay que precisar que si después del 6 de septiembre de 2021 rechaza ofertas disponibles en la Bolsa Nacional de Empleo, los pagos son automáticamente suspendidos.

Estos pagos se emiten por cinco meses para trabajadores con contrato a plazo fijo o indefinido. Luego del 6 de septiembre, rigen las siguientes condiciones:

Si todavía la persona está cesante, independiente de su contrato, puede recibir dos pagos adicionales cuando la tasa de desempleo nacional supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años, según información del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Estos son los pagos del beneficio:

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