Préstamo Solidario: ¿cuándo inician las postulaciones para el pago de julio? - Central Noticia

Préstamo Solidario: ¿cuándo inician las postulaciones para el pago de julio?

Los pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia también pueden solicitarlo

El Préstamo Solidario es una ayuda mensual que el Estado diseñó para personas naturales y empresarios individuales, con el fin de paliar la crisis generada por la pandemia.

Desde los día 8 de cada mes, entre mayo y octubre de 2021, se podrá solicitar el préstamo por un monto máximo que corresponde a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con un tope de $650.000 por mes.

Los pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia también pueden solicitarlo, pero deben tener pensiones iguales o menores a $408.125, señaló Meganoticias.

¿Cuándo inician las postulaciones de julio?

Quienes cumplan con los requisitos podrán solicitar el préstamo a contar del jueves 8 de julio en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII).

En cuanto a la fecha límite para las peticiones, este se podrá pedir hasta el sábado 31 de ese mes en el mismo sitio.

Las personas que deseen este crédito deberán ingresar en este lapso al sitio del Servicio de Impuestos Internos, y allí, dirigirse a “Préstamo Solidario del Estado 2021” y hacer clic en “ingresa aquí”.

A continuación, el usuario tiene que seleccionar “solicitar y consultar estado del Préstamo Solidario” para luego ingresar con su Clave Tributaria o Clave Única.

En tanto, la Tesorería General de la República (TGR) pagará el monto en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud.A modo de ejemplo, quienes soliciten el pago el 8 de julio, obtendrán su dinero, a más tardar, el viernes 23 de ese mes.

¿Cómo se devuelve?

Estos dineros se deben devolver al Estado teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

  • En 4 cuotas anuales a través de la declaración de impuesto a la renta. Las cuotas se reajustarán según el IPC y el primer pago se realizará en el año 2023.
  • La primera cuota de pago corresponderá a un 10% del monto del Préstamo Solidario recibido, y las 3 cuotas restantes corresponderán a un 30% del mismo.
  • Cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.
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