Corte acoge recurso de amparo en favor del tío abuelo de Tomás Bravo: Buscaban extracción de cabello para prueba - Central Noticia

Corte acoge recurso de amparo en favor del tío abuelo de Tomás Bravo: Buscaban extracción de cabello para prueba

La petición del Ministerio Público para ejecutar el procedimiento debió resolverse en una audiencia y no por despacho

La defensa del tío abuelo de Tomás Bravo, Jorge Escobar, acogió un recurso para evitar que la Fiscalía le realice una extracción de cabello al único imputado en el caso, el cual ya había sido concedido por el Juzgado de Garantía de Arauco.

Según lo dictaminado, la petición del Ministerio Público para ejecutar el procedimiento debió resolverse en una audiencia y no por despacho, por lo que ordenó citar a una audiencia pública y contradictoria para determinar la realización de exámenes corporales de Escobar.

“La antedicha petición del Ministerio Público fue resuelta por el Juzgado de Garantía, por despacho, esto es, sin fijar audiencia en que las partes pudieran debatir sobre la necesariedad, relevancia de la medida intrusiva, y/o si ella, pudiese menoscabar la salud o la dignidad del imputado”, indica la resolución.

“La necesidad como la relevancia de la práctica del examen corporal solicitado, importa conectarse con la proporcionalidad que debe tener, para satisfacer el estándar de autorización, pero ello requiere un debate previo de los intervinientes, a fin de impedir la indefensión, considerando además que lo pedido en la especie, tiene como objeto un cotejo morfológico y químico de filamentos capilares”, publica Meganoticias del texto.

Asimismo, agrega que “resulta procedente acoger el presente recurso de amparo para el solo efecto de invalidar la forma en que el Juzgado de Garantía de Arauco, ha resuelto la petición de exámenes corporales en el imputado, correspondiendo que ello se haga luego de una audiencia, en que se debata sobre ello, y se dicte una resolución conforme a derecho, en que se haga cargo el jurisdicente del deber de fundamentación, decidiendo en su caso lo pertinente”.

“Se acoge el recurso de amparo… y en consecuencia se invalida la resolución de 25 de octubre de este año dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco, en cuanto por ella se autorizó la práctica de exámenes corporales en el imputado Jorge Escobar Escobar consistente en toma de muestras de pelo, y se decide que dicho Tribunal fijará una audiencia, lo más próxima posible, para discutir la petición del Ministerio Público sobre el particular, dictándose por juez no inhabilitado la resolución que en derecho corresponda”, resuelve el fallo.

“A pesar de esto, el Ministerio Público ha insistido y ha solicitado a través de un juez de garantía la extracción de cabellos de nuestro representado para realizar una diligencia que a nuestro juicio no solamente es improcedente, sino que además no cumple los principios que establece la propia norma en cuanto a la necesidad y la relevancia”, afirma la defensa de Escobar.

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