Entra en vigencia la ley que permite cambiar el orden de los apellidos: Estos son los detalles de esta iniciativa - Central Noticia

Entra en vigencia la ley que permite cambiar el orden de los apellidos: Estos son los detalles de esta iniciativa

Esta iniciativa contempla que todo mayor de edad, podrá, solo una vez en su vida, cambiar el orden de los apellidos, y en el caso de los recién nacidos los padres decidirán qué apellido tendrá primero.

Desde hoy inicia la vigencia de la ley que permite que la madre y el padre definan el orden de los apellidos de sus hijos menores de edad, y también el procedimiento para que adultos cambien el suyo.

Esta iniciativa contempla que todo mayor de edad, podrá, solo una vez en su vida, cambiar el orden de los apellidos, y en el caso de los recién nacidos los padres decidirán qué apellido tendrá primero.

¿Qué pasa si los padres no llegan a acuerdo?

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, afirmó a Meganoticias que “si los padres, que tienen que llenar un formulario, no llegan a acuerdo en cuál es el orden de los apellidos, el oficial del Registro Civil tirará una moneda al aire y será el orden el que determine el azar, o el del padre o el de la madre (primero)”.

El secretario de Estado también reveló que, en el caso de los menores de edad, “los padres podrían durante un año, abre una ventana la ley, en forma transitoria, ir al Registro Civil y pedir el cambio del orden de los apellidos de sus hijos”.

Situación de los mayores de edad

Sobre la situación de los mayores de edad, el ministro Larraín comentó que “había un trámite judicial muy complejo para, en casos fundados, poder hacer cambios de nombre. Ahora no, se ha convertido en un derecho porque se presupone que hombres y mujeres, papás y mamás, son iguales, por tanto, no hay ninguna razón para que haya una forma única de inscribir el orden de los apellidos”.

Larraín detalló que “un adulto mayor de 18 años puede querer cambiar el orden de sus apellidos, por distintas razones. Eso también lo puede hacer con una solicitud agendada en el Registro Civil para poder proceder a hacer el cambio de nombre que él tenga”.

Personas impedidas de realizar el trámite

Respecto a quienes están impedidos de realizar este trámite, el ministro de Justicia detalló que “todas las personas que están en este minuto procesadas o condenadas por delitos que tengan pena aflictiva no lo van a poder hacer. Eso queda paralizado y podrán reclamar ante los tribunales, pero no lo pueden hacer ante el Registro Civil”.

El secretario de Estado remarcó que “cuando se trata de personas que han sido condenadas por delitos de abusos sexuales en contra de menores de 18 años, nunca van a poder cambiar el orden de sus apellidos”.

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