Plebiscito Constitucional: ¿Cuándo se deben presentar las excusas por no ir a votar? - Central Noticia

Plebiscito Constitucional: ¿Cuándo se deben presentar las excusas por no ir a votar?

El votante que no sufragó será notificado mediante una carta certificada a su domicilio

El próximo 4 de septiembre, tanto en Chile como en el extranjero, se realizará el Plebiscito Constitucional de Salida, donde las votaciones son de carácter obligatorio exclusivamente para las personas que tengan inscrito su domicilio electoral en Chile.

Por tanto, en caso de no acudir a sufragar en sus locales de votación ese día, los electores se expondrán a una multa. Sin embargo, para aquellos imposibilitados de hacerlo, existe la posibilidad de presentar excusas para no votar, siempre y cuando sea dentro de un plazo establecido y debidamente acreditadas por un juez.

Excusas para no votar

Según lo publicado en Meganoticias, se puede faltar al proceso eleccionario por los siguientes motivos:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica..

Plazo para presentar las excusas

Para quienes hayan faltado a la referida  votación, una vez sea identificado por el Servicio Electoral (Servel) se le acusará ante el Juzgado de Policía Local del municipio de su comuna de residencia.

Dicho votante que no sufragó será notificado mediante una carta certificada a su domicilio, que contiene la fecha y hora de citación para comparecer ante el juez. En esta instancia se dictará la multa a pagar según las justificaciones del infractor, que puede llegar hasta las 3 UTM, lo que equivale a $174.744.

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