¿Tienes hijos? Conoce si tu familia puede recibir el Subsidio Familiar Automático

Conoce quiénes reciben el Subsidio Familiar Automático, los requisitos y cuándo no es compatible con otros beneficios.

El Subsidio Familiar Automático es un apoyo económico mensual de $21.243 otorgado a hogares que tienen bajo su responsabilidad a niños o niñas menores de 18 años. Este beneficio, entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), tiene una duración inicial de tres años, pero puede renovarse al finalizar ese período.

¿Cómo saber si eres beneficiario?

Consulta rápida en línea

Para verificar si se recibe este subsidio, puedes acceder al sitio web oficial del bono. Allí debes ingresar tu RUT, fecha de nacimiento y pulsar la opción “Consultar”. Otra alternativa es usar la Clave Única, que también permite consultar si eres parte de los hogares beneficiados.

La plataforma mostrará de inmediato si tienes derecho al aporte.

¿Qué requisitos exige el Subsidio Familiar Automático?

Condiciones principales

Este subsidio está destinado a familias pertenecientes al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares. Además, los menores a cargo deben cumplir con ciertos criterios:

  • Tener menos de 18 años.
  • Los menores de 8 años deben participar en programas de salud infantil del Ministerio de Salud.
  • Los mayores de 6 años deben demostrar que son estudiantes regulares en educación básica, media, superior u otras equivalentes, en instituciones reconocidas por el Estado, salvo que tengan alguna discapacidad.

Situaciones en las que no se puede recibir el beneficio

Incompatibilidades que debes conocer

Aunque cumplas con los requisitos, existen casos donde no es posible acceder al Subsidio Familiar Automático:

  • Si la familia ya recibe Asignación Familiar.
  • Si es beneficiaria del Subsidio Familiar entregado por las municipalidades.
  • Si cobra el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
  • Si los ingresos del hogar son iguales o superiores al monto del subsidio (la pensión de orfandad no se considera renta para este cálculo).