Mujer que compró departamento con DS49 tendrá que devolver más de $30 millones: Este sería el motivo

La Corte Suprema ordenó a una mujer devolver un subsidio habitacional tras constatarse que no habitó la vivienda como estipulaba el contrato.

departamento DS49

La Corte Suprema determinó que una mujer deberá devolver el subsidio habitacional que obtuvo en 2017 para la compra de un departamento en la región de Coquimbo. Esta decisión se dio luego de que se constatara que no cumplió con las condiciones acordadas al recibir el beneficio.

Subsidio DS49: Financiamiento para Familias Vulnerables

El subsidio en cuestión corresponde al Subsidio DS49, el cual está destinado a financiar la compra de viviendas para las familias más vulnerables, sin la necesidad de un crédito hipotecario. El objetivo de este subsidio es proporcionar acceso a la vivienda a quienes más lo necesitan, permitiendo la adquisición de propiedades sin endeudarse con un banco.

Condiciones del Subsidio y Monitoreo del Serviu

Una de las condiciones fundamentales del subsidio es que el beneficiario debe habitar la vivienda junto a su familia durante al menos cinco años desde la entrega del inmueble. Tras recibir las llaves de su nuevo hogar, la beneficiaria fue sometida a un seguimiento por parte del Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu), que debía verificar que cumpliera con estas condiciones.

La Demanda del Serviu: Inmueble No Habitado

El Serviu presentó una demanda argumentando que, tras varias visitas de ministros de fe entre 2019 y 2021, se constató que el departamento no era habitado por la beneficiaria ni su familia, tal como se había estipulado. Por esta razón, el organismo solicitó la devolución del subsidio de 945 UF, equivalente a $30.937.816 en el momento de la entrega.

Defensa de la Mujer: Error de Hecho y Rutina Agitada

El abogado de la mujer alegó que se trataba de un “error de hecho” y explicó que su clienta no disponía del tiempo necesario para vivir en el departamento debido a su ajetreada rutina. Aseguró que su clienta no había podido abandonar la vivienda debido a su trabajo como funcionaria administrativa en el Hospital de Andacollo y a sus responsabilidades familiares, cuidando a su madre con demencia.

En su defensa, presentó fotografías, certificados laborales y boletas de servicios como prueba de que vivía en el apartamento. Sin embargo, el tribunal no consideró suficientes estos documentos para justificar su ausencia en las visitas realizadas por los ministros de fe.

La Sentencia: Restitución del Subsidio

El 3° Juzgado de Letras de Coquimbo, al revisar el caso, determinó que los documentos presentados no eran suficientes para probar que la mujer habitaba realmente el inmueble ni para justificar las ausencias durante los períodos de fiscalización. El tribunal concluyó que no hubo un “error de hecho” y desestimó los argumentos del abogado defensor.

ÚLTIMAS NOTICAS

La Corte de Apelaciones de Coquimbo y la Corte Suprema ratificaron la sentencia, por lo que la mujer deberá devolver los $30.937.816 del subsidio habitacional que utilizó para la compra de su propiedad.