El Senado aprobó la Ley Jacinta, iniciativa que endurece exigencias y sanciones para conductores en Chile.
El Senado dio un importante paso legislativo al aprobar este miércoles la llamada Ley Jacinta, proyecto que endurece los requisitos para obtener y mantener una licencia de conducir en el país. La medida obtuvo 27 votos a favor y tres abstenciones, y ahora deberá pasar a su revisión final en la Cámara de Diputados.
Un proyecto marcado por una tragedia
La iniciativa recibe su nombre en memoria de Jacinta González, una bebé de cinco meses que perdió la vida en 2022 mientras era paseada en coche por sus padres. La menor fue atropellada por un conductor de 80 años que, pese a estar diagnosticado con cáncer en etapa IV, seguía manejando sin las condiciones de salud necesarias.
¿Qué modificaciones introduce la Ley Jacinta?
Uno de los cambios centrales recae sobre la Ley de Tránsito: todos los conductores, sin importar su edad, deberán firmar una declaración jurada asegurando que no presentan enfermedades inhabilitantes o restrictivas para manejar. Estas condiciones serán detalladas en un reglamento elaborado por los ministerios de Transportes y de Salud.
Nuevos procedimientos municipales
El reglamento también establecerá cómo deberán verificar las municipalidades la aptitud física y psicológica de quienes soliciten o renueven cualquier tipo de licencia de conducir.
Sanciones y multas asociadas
Declarar falsamente no tener alguna de las enfermedades señaladas será considerado infracción grave, con multas que irán entre 1 y 1,5 UTM (aproximadamente entre $69.542 y $104.313). Además, se cancelará la licencia del infractor.
Fuero laboral para familias afectadas
El Senado incorporó también una medida de protección laboral: un fuero de 30 días para los trabajadores que pierdan a un hijo o hija en un accidente de tránsito. En el caso de contratos a plazo fijo o por obra, el fuero se mantendrá hasta la duración del contrato.
Esta disposición deberá ser ratificada en tercer trámite por la Cámara de Diputados.
Otras medidas contempladas
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Los menores solo podrán viajar como acompañantes en motocicletas desde los 12 años, siempre que alcancen el reposapiés y se ubiquen detrás del conductor.
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Se duplica el monto del SOAP en caso de muerte y gastos médicos, pasando de 300 a 600 UTM, y de 200 a 400 UTM en situaciones de incapacidad permanente parcial.

