Aguinaldo de Fiestas Patrias para sector privado: ¿Tienes derecho a recibir los montos? - Central Noticia

Aguinaldo de Fiestas Patrias para sector privado: ¿Tienes derecho a recibir los montos?

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Para los empleados del sector privado ciertas condiciones aplican para que resulten beneficiarios.

Estamos a un mes de que se celebren las Fiestas Patrias, que no solo vienen  acompañadas con el festejo sino que también trae consigo un beneficio económico a los pensionados y los trabajadores del sector público, dado que reciben un monto correspondiente al Aguinaldo dieciochero.

Para los empleados del sector privado ciertas condiciones aplican para que resulten beneficiarios.

¿Es obligatorio que paguen aguinaldo en el sector privado?

Los empleados del sector privado no están mandados por ley entregarles aguinaldo de Fiestas Patrias a sus empleados.

Aunque, hay casos en los que los empleados tienen derecho a recibir el dinero, siendo una obligacin para los empleadores dicha entrega.

Por lo tanto, es un derecho entregar un aguinaldo de Fiestas Patrias a los trabajadores cuando:

Está contemplado en su contrato de trabajo.

Existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo está incorporado como cláusula.

Aguinaldo como derecho adquirido de los trabajadores

El aguinaldo puede convertirse en un derecho adquirido. La Dirección del Trabajo detalla que cuando el aporte no está estipulado en el contrato, igualmente puede transformarse en un derecho adquirido o tácito para el trabajador.

Para eso, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Que el beneficio se dé en forma permanente en el tiempo y durante un período significativo en la empresa.
  • Que haya voluntad de las partes.
  • La modificación no puede referirse a materias reguladas por ley o de casos en que expresamente la ley ha requerido una modificación del contrato de trabajo.
  • Además, el empleadorno puede modificar el monto del aguinaldo sin previo acuerdo con sus trabajadores, ni tampoco suspenderlo por una eventual mala situación económica de la empresa si es que incorporado en el contrato.
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