¿Cuáles son los "nuevos" requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía? - Central Noticia

¿Cuáles son los “nuevos” requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?

Durante la vigencia de la medida benefició a millones de personas que quedaron cesantes a raíz de la crisis socioeconómica del coronavirus

Aunque el seguro seguirá disponible para los cotizantes de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), hay importantes cambios en el acceso al cobro de los pagos.

¿Cuáles son los “nuevos” requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?

Desde la AFC se informó que a partir de este jueves 7 de octubre vuelven a regir los requisitos establecidos antes de la pandemia, las que corresponden a la Ley 19.728, la que da origen al seguro.

Estas nuevas condiciones que se deben cumplir para efectuar el cobro desde la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son las que reproducimos tomadas desde Meganoticias:

  • Contar con 12 cotizaciones mensuales (en el caso de contrato indefinidos) o 6 cotizaciones (si es contrato fijo o por obra), a contar de la afiliación o último uso del seguro. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.
  • Presentar finiquito u otro documento válido que acredite término de relación laboral.
  • Estar cesante.

Sobre el último requisito enlistado, la causal de despido puede ser cualquiera de las siguientes:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • Necesidades de la empresa.
  • Quiebra del empleador.
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