Ingreso Mínimo Garantizado: Conoce quiénes deben solicitar el beneficio que paga mas de 200 mil pesos - Central Noticia

Ingreso Mínimo Garantizado: Conoce quiénes deben solicitar el beneficio que paga mas de 200 mil pesos

La ley establece que el empleador no tiene la obligación de realizar la postulación de sus trabajadores en los primeros 15 días del mes, pero si debe avisar a los sindicatos y a los trabajadores para que sean ellos mismos quienes realicen la postulación.

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) tiene como objetivo aumentar el salario mínimo de los trabajadores que tengan jornadas de más de 30 y hasta 45 horas semanales, que reciben menos de $452.477 mil brutos.

Este subsidio entrega un aporte monetario de hasta $66.893, dependiendo del ingreso bruto de la persona trabajadora.

Entre los requisitos para recibir este aporte se debe tener un contrato suscrito al Código del Trabajo y tener una calificación socioeconómico dentro del tramo del 90 %, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cuál es el cambio que se realizó en las postulaciones al IMG?

El proceso de postulación de este ingreso sufrió cambios, según dio a conocer el propio Ministerio de Desarrollo Social.

Desde ahora, son los empleadores quienes deben efectuar el proceso de postulación de los trabajadores que cumplan los requisitos para recibir el beneficio, resaltó En la hora.

Esto aplica para “todos los empleadores, desde quienes tienen contratados a una sola persona hasta grandes empresas con un número elevado de trabajadores”.

A partir de ahora, las empresas tendrán los primeros quince días de cada mes para realizar el trámite de solicitud en el sitio web www.ingresominimo.cl, ingresando al recuadro de “Sección empleadores” y luego en “Postular”.

¿Qué pasa si mi empleador no me postula al Ingreso Mínimo Garantizado?

La ley establece que el empleador no tiene la obligación de realizar la postulación de sus trabajadores en los primeros 15 días del mes, pero si debe avisar a los sindicatos y a los trabajadores para que sean ellos mismos quienes realicen la postulación. De esta forma, ellos mismos podrán postular al Ingreso Mínimo Garantizado a contar del día 16 de cada mes.

“De no cumplir con la postulación y el aviso, el empleador puede ser sancionado con multas que van desde las 5 a 10 UTM (entre $283 mil a $567 mil) en el caso de las micro y pequeñas empresas; de 20 a 40 UTM ($1,1 millones a $2,2 millones) en el caso de las medianas empresas; y 30 a 60 UTM ($1,7 millones a $3,4 millones) para las grandes empresas”.

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