Subsidio Maternal: ¿Quiénes pueden postular a este beneficio?

Este aporte que entrega el Estado a las mujeres embarazadas se puede solicitar a partir  del quinto mes de gestación. Sin embargo, una vez  que sea asignado se pagará de manera retroactiva por todo el periodo de gestación.

El Subsidio Maternal es un aporte que el Gobierno entrega a las mujeres que se encuentran embarazadas. Este beneficio será recibido por la  trabajadoras embarazadas dependientes o independientes y puede llegar hasta $13.401 cada mes.

Es requisito que estén afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el Subsidio Maternal o Familiar).

¿Desde qué mes de gestación se puede solicitar el subsidio?

Este aporte que entrega el Estado a las mujeres embarazadas se puede solicitar a partir  del quinto mes de gestación. Sin embargo, una vez  que sea asignado se pagará de manera retroactiva por todo el periodo de gestación.

Quienes quieran postular a esta ayuda económica, deben ir a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende y presentar los siguientes documentos:

Las trabajadoras embarazadas deben presentar:

  • Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
  • Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo  emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona). El certificado debe estar visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

En caso de ser carga del trabajador se requiere:

  • Autorización de carga familiar del trabajador.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado. Debe estar visado por la COMPIN.
  • A raíz de a la pandemia y al riesgo que están expuestas las embarazadas, el Instituto de Previsión Social autorizó poder acreditar cargas maternales con el certificado del quinto mes de embarazo y sin el timbre correspondiente, evitando a que acudan a la COMPIN.

¿Cuándo y cómo se paga este subsidio?

El Subsidio Maternal se paga por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica si esta es superior a 10 días o desde el cuarto día si ella fuere igual o inferior a 10 días. Tratándose de licencias otorgadas inmediatamente a continuación de otra licencia y por el mismo diagnóstico, se consideran como una sola licencia para efectos de determinar el número de días de subsidio a pagar, así como para el cálculo del monto del subsidio.

Por ejemplo:

  • Licencia de tres días: no se paga.
  • Licencia de cuatro días: se paga un día.
  • Licencia de ocho días: se pagan cinco días.
  • Licencia de 10 días: se pagan 10 días.

Cabe señalar que el monto diario del Subsidio Maternal no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales. Es decir:

  • Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (con el reajuste al sueldo mínimo): $244.922.
  • 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $122.472.
  • Trigésima (30) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $4.082 (monto mínimo del subsidio).