Bono Invierno: Revisa los requisitos a cumplir para cobrarlo - Central Noticia

Bono Invierno: Revisa los requisitos a cumplir para cobrarlo

Aquellos que reciban más de una pensión no tienen derecho al bono.

El Bono de Invierno lo reciben las personas de 65 años que cobren una pensión inferior o igual a la Pensión Garantizada Universal o al Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), esto quiere decir, $182.167 mil pesos.

Aquellos que reciban más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de estas pensiones sea igual o menor a $182.167 pesos correspondientes al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años, resaltó Red Gol.

¿Quiénes no son personas beneficiarias?

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio Discapacidad Mental, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

¿Cuáles son los requisitos?

Además de lo mencionado anteriormente, las personas deben ser pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:

  • Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Mutualidades de empleadores.
  • Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.
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