IFE Laboral: ¿Cuál es el monto a cobrarse en agosto? - Central Noticia

IFE Laboral: ¿Cuál es el monto a cobrarse en agosto?

Las personas podrán postular hasta el 31 de diciembre de este año.

El IFE Laboral tiene como objetivo servir de incentivo económico para todas las personas que se empleen formalmente con un contrato que puede tener la característica de indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time.

Se entrega directamente al trabajador, siempre que cumplan con todos los requisitos y su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.140.000).

Con la extensión del bono, las personas podrán postular hasta el 31 de diciembre de este año.

Quienes ya han recibido tres meses de pago no podrán acceder a nuevos pagos del subsidio por la extensión.

A partir del 1 y hasta el 31 de agosto podrán postularse quienes hayan firmado contratos formales desde el 1 de julio hasta el final del mes.

Recibirán los 3 pagos solamente aquellas personas que postulen hasta el mes de octubre, ya que si se postula en noviembre se recibirán dos pagos y si se hace durante diciembre, se recibirá un solo pago.

¿Cuándo se paga el IFE de agosto?

El pago correspondiente al mes de agosto será a partir del 5 de agosto.

Si quieres hacer un seguimiento de tu pago, debes ingresar AQUÍ.

Al entrar, deberás hacer clic en la opción que dice “Tu Cuenta”, allí podrás saber en qué estado se encuentra tu solicitud.

¿Cuál es el monto?

El monto del IFE corresponde a lo siguiente:

Hombres entre 24 y 55 años:

  • Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
  • Periodos de remuneración desde julio a septiembre de 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.

Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

  • Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.
  • Periodos de remuneración desde julio a septiembre de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.
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