Bono Chile Apoya Invierno: ¿En cuál ocasión se debe devolver el dinero? - Central Noticia

Bono Chile Apoya Invierno: ¿En cuál ocasión se debe devolver el dinero?

Su entrega está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).

El Bono Chile Apoya Invierno entrega $120.000 por beneficiario, para ayudar a las familias a enfrentar el alza de los alimentos y los servicios básicos.

Para recibir este aporte no es necesario postular, ya que se entrega automáticamente a quienes cumplan con los requisitos.

Su entrega está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), y el monto se da una sola vez y en una sola cuota, durante el mes de agosto de este año.

Si bien el monto del beneficio no está afecto a ningún tipo de descuentos, algunas personas podrían tener que devolver el pago.

¿En qué casos hay que devolver el Bono Chile Apoya Invierno?

De acuerdo a la ley 21.474, que crea el Bono Chile Apoya Invierno, las personas que deben devolver el pago son quienes “perciban indebidamente el bono”.

En el sitio web del beneficio también se detalla que quienes obtengan el bono de forma indebida “se les aplicarán las sanciones administrativas y penales que correspondan”.

¿Qué monto tendré que devolver?

En caso de haber recibido el bono sin cumplir con los requisitos, las personas tendrán que restituir los montos, pero reajustados según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Los montos percibidos indebidamente se deben restituir “reajustados de conformidad con la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor determinada por el Instituto Nacional de Estadísticas, o la institución que lo reemplace, entre el mes anterior a aquel en que se percibió y el que antecede a su restitución”, acota la ley.

¿A quiénes sí le corresponden los pagos?

Los pagos del Bono Chile Apoya Invierno están destinados a:

  • Causantes de Subsidio Familiar y Causantes de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021.
  • Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
  • Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad al 30 de junio de 2022.
  • Personas pensionadas con una Pensión Básica Solidaria de Invalidez o un Aporte Previsional Solidario de Invalidez al 30 de junio de 2022.

Lo reciben las familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades al 1 de agosto de 2022, reciban o no prestaciones monetarias; y los hogares que pertenezcan al 60 % más vulnerable del Registro Social de Hogares.

En ambos casos, para recibir los pagos, hay que cumplir con alguno de estos requisitos:

  • Personas con discapacidad debidamente acreditada.
  • Personas con dependencia moderada o severa, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Integrantes del Programa de Integración Escolar (PIE).
  • Estudiantes de programas de educación especial reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).
  • Personas mayores de 60 años y personas menores de 18 años.
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