Seguro de Cesantía: ¿Cuántos pagos entrega a los beneficiarios? - Central Noticia

Seguro de Cesantía: ¿Cuántos pagos entrega a los beneficiarios?

Este beneficio está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

El Seguro de Cesantía es una de las ayudas que pueden recibir los trabajadores del país al perder su empleo.

Este beneficio está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y protege a quienes hayan tenido contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios, siempre que sus contratos sean regidos por el Código del Trabajo.

Cada trabajador afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y, al perder el empleo, se puede retirar el dinero acumulado en esa cuenta, mediante giros mensuales.

¿Cuántos pagos contempla el Seguro de Cesantía?

Las personas que tengan su Cuenta Individual de Cesantía de la AFC, pueden recibir entre 1 y 13 pagos mensuales del Seguro de Cesantía, siempre que el saldo en su cuenta lo permita.

En caso de que el saldo sea insuficiente, se puede optar a un complemento financiado con el Fondo de Cesantía Solidario, si es que se cumple con los requisitos.

El primer pago del Seguro de Cesantía corresponde al 70 % del promedio de:

  • Si tuvo contrato fijo: 6 últimas remuneraciones antes de la fecha del cese de la relación laboral.
  • Si tuvo contrato indefinido: 12 últimas remuneraciones antes de la fecha del cese de la relación laboral.

Desde el segundo pago los montos van decreciendo en el siguiente orden:

  • Segundo pago: 55 % del promedio de la remuneración.
  • Tercer pago: 45 % del promedio de la remuneración.
  • Cuarto pago: 40 % del promedio de la remuneración.
  • Quinto pago: 35 % del promedio de la remuneración.
  • Sexto pago o superior: 30 % del promedio de la remuneración hasta agotar el saldo de la cuenta.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía puede ser solicitado por quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante y acreditarlo mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
  • Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Se solicita tener al menos 12 cotizaciones, continuas o descontinuas, en caso de haber tenido contrato indefinido o de trabajador de casa particular. En caso de haber tenido contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio, se requiere al menos seis cotizaciones, continuas o descontinuas.
  • Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser de uno o más empleadores.

Desde ChileAtiende detallan que junto al documento de término de la relación laboral, los trabajadores de jornada parcial, deben presentar el contrato de trabajo (para verificar las horas que allí se pactaron).

Para cobrar el Seguro de Cesantía, hay que acceder a la sucursal virtual de la AFC, iniciar sesión, hacer clic en “cobro del seguro”, seleccionar “comenzar solicitud de cobro” y seguir las instrucciones indicadas en el sitio.

Artículos Relacionados