Servicios

Aguinaldo de Fiestas Patrias del IPS: Conoce quiénes pueden recibir el aporte

Publicidad
publicado: 26.08.2022

Una de las características del aporte es que no está efecto a descuentos, tampoco es tributable ni imponible, por lo que no se considera para el pago de impuestos ni para las cotizaciones previsionales y/o de salud.

Publicidad

Entre los beneficios que entrega es Estado durante septiembre, uno de los aportes mas esperados es el Aguinaldo de Fiestas Patrias, otorgado a los distintos tipos de pensionados que cumplan con los requisitos.

Una de las características del aporte es que no está efecto a descuentos, tampoco es tributable ni imponible, por lo que no se considera para el pago de impuestos ni para las cotizaciones previsionales y/o de salud.

Tienen derecho a recibir este aporte todos aquellos quienes formen parte del Instituto de Previsión Social (IPS) además de los correspondientes a Dipreca (Carabineros), Capredena (Fuerzas Armadas), del Instituto de Seguridad Laboral y de las mutualidades de empleadores de la Ley de Acciones del Trabajo; siempre que mantengan esta calidad de beneficiario al 31 de agosto de 2022.

También lo obtienen los pensionados y pensionadas de las AFP, solo si reciben “pensiones mínimas con garantía estatal o el beneficio del Aporte Previsional Solidario”, según explica el IPS.

Por lo tanto, todas y todos los beneficiarios del aguinaldo de Fiestas Patrias son las siguientes personas:

Publicidad
Publicidad
Salir de la versión móvil