IFE Laboral: ¿Quiénes pueden cobrar $300 mil? - Central Noticia

IFE Laboral: ¿Quiénes pueden cobrar $300 mil?

Este beneficio buscaba contrarrestar el aumento del desempleo.

El IFE Laboral se otorga a quienes logran formalizar un trabajo con contrato habiendo estado cesantes al menos un mes antes de la firma de este.

Este beneficio buscaba contrarrestar el aumento del desempleo que derivó con la llegada de la pandemia del Covid-19, fomentando la búsqueda de un trabajo.

Los pagos de este aporte se realizan a los dos meses de haber realizado la solicitud, y este mes de septiembre se otorgará el primer pago con los nuevos montos del IFE Laboral.

¿Cuándo se pagará el IFE Laboral?

Durante septiembre, recibirán su primer pago las personas que postularon al aporte durante julio, quienes además accederán a los nuevos montos que entrega el beneficio, el próximo miércoles 7.

Este mismo día obtendrán su segundo pago los solicitantes de junio y su tercer y último pago los de mayo. Sin embargo, estos reciben los montos antiguos.

Las personas que se postulen en los días que quedan de agosto obtendrán su primer pago, con los nuevos valores, durante el mes de octubre, y los solicitantes de septiembre recibirán el aporte en noviembre.

¿Qué montos se entregarán?

Se indicó que habría un ajuste en los montos que entrega a sus beneficiarios, sin embargo, estos los reciben las personas que postularon desde julio hasta los que lo soliciten en diciembre.

De esta forma, los montos que se entregarán el próximo 7 de septiembre son los siguientes:

Postulantes de mayo y junio:

  • Hombres entre 24 y 55 años: 50 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.

Postulantes de julio en adelante:

  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.
  • Hombres entre 24 y 55 años: 25 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Artículos Relacionados