Aguinaldos en el sector público: Este es el monto a cobrar - Central Noticia

Aguinaldos en el sector público: Este es el monto a cobrar

En el caso de los trabajadores públicos, el aguinaldo tendrá dos tipos de montos.

Quedan pocos días para que inicien las las Fiestas Patrias 2022, festejo que este año considerará cuatro días de celebración.

Para hacer más llevadero el “18”, varios sectores de la población recibirán el esperado aguinaldo de estas fechas.

La Ley 21.405 establece los montos que los funcionarios del sector público y los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) recibirán por concepto del aguinaldo de Fiestas Patrias.

En el caso de los trabajadores públicos, el aguinaldo tendrá dos tipos de montos que verían según la remuneración líquida que haya registrado el empleado durante agosto.

¿Cuál es el monto del aguinaldo?

Este 2022, los empleados públicos recibirán los siguientes montos por el aguinaldo:

  • $81.196 para las y los trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592.
  • $56.365 para quienes tengan una remuneración líquida de agosto de 2022 superior a los $842.592.

¿Qué trabajadores públicos reciben el aguinaldo?

Los funcionarios del sector público que recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias 2022 son quienes desempeñen cargos de planta o a contrata en los siguientes organismos:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

Para conocer quiénes son los empleados públicos que reciben el aguinaldo, puedes revisar los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 21.405 (disponible en este enlace).

¿Qué pasa con el aguinaldo en el sector privado?

Las empresas del sector privado no están obligadas a entregar el aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, este dinero puede convertirse en un derecho para los trabajadores cuando se cumplen una de estas dos condiciones:

  • El aguinaldo está contemplado en el contrato de trabajo.
  • Existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo está incorporado como cláusula.

De cumplirse uno de estos escenarios, cualquier trabajador del sector privado podrá exigirle a su empresa la entrega del aguinaldo, cuyo monto dependerá de lo estipulado en el contrato o en el convenio colectivo.

Artículos Relacionados