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Pensión de Gracia: ¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

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publicado: 13.10.2022

La entrega de la Pensión de Gracia es una facultad propia del Presidente de la República y se otorga en ingresos mínimos no remuneracionales.

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La Pensión de Gracia es un beneficio económico otorgado por el Presidente de la República, y busca ayudar a las personas que están viviendo una situación de vulnerabilidad social.

Este beneficio se puede entregar por un período definido o de manera vitalicia, dependiendo de cada caso. El pago de este aporte es incompatible con la Pensión Asistencial.

El monto de la Pensión de Gracia es variable y está fijado en ingresos mínimos no remuneracionales, por lo que debido al alza del sueldo mínimo que se hizo efectiva el pasado 1 de agosto, el pago de esta pensión variará.

¿Cuál es el nuevo pago de la Pensión de Gracia?

La entrega de la Pensión de Gracia es una facultad propia del Presidente de la República y se otorga en ingresos mínimos no remuneracionales.

En mayo de 2022, el ingreso mínimo para efectos no remuneracionales era de $244.944; y desde el 1 de agosto de este año quedó fijado en $257.836.

No todos los beneficiados reciben el mismo monto, ya que una comisión especial es la encargada de sugerir el valor de la pensión.

¿Cuáles son los requisitos?

La Pensión de Gracia la pueden solicitar quienes cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

¿Cómo se solicita la Pensión de Gracia?

Este aporte monetario se puede solicitar durante todo el año en la Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior.

Para pedirla se necesita:

Una vez que la persona cuente con la carta al Mandatario, hay que acudir a la Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, ubicada en Agustinas 1235, piso 5, Santiago. El horario de atención es de lunes a viernes, de 09:00 a 13:00 horas.

Se debe entregar los antecedentes requeridos. Si la persona resulta beneficiaria, recibirá su pago en las oficinas de la Tesorería General de la República. En cambio, si la postulación es rechazada, se informará por carta en un plazo aproximado de 30 días.

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