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Seguro de Cesantía: Entérate acá cómo cobrarlo

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publicado: 18.10.2022

Para solicitar el Seguro de Cesantía se puede hacer de manera online en la sucursal virtual de la AFC o de manera presencial en las sucursales de AFC en todo el país.

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El Seguro de Cesantía beneficia a los trabajadores en caso de quedar sin trabajo, este es un seguro en caso de despido o renuncia que protege a todos los trabajadores, siempre que su contrato de trabajo sea regido por el Código del Trabajo y está a cargo de una Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

¿Cómo pedir el Seguro de Cesantía?

Para solicitar el Seguro de Cesantía los trabajadores deben de presentar una serie de documentos para acreditar la pérdida del trabajo siendo el finiquito el principal, documento que ratifica ante un ministro de fe el término de la relación laboral. Aunque, en caso de no contar con un finiquito, el seguro se puede solicitar igualmente.

Si se cuenta con el finiquito se deben cumplir con las siguientes dos condiciones para presentarse al momento de solicitar el beneficio:

Si no se cuenta con finiquito los siguientes documentos también se pueden presentar para solicitarlo:

Los documentos deben encontrarse completos con todas sus páginas.

¿Dónde solicitar el Seguro de Cesantía?

Para solicitar el Seguro de Cesantía se puede hacer de manera online en la sucursal virtual de la AFC o de manera presencial en las sucursales de AFC en todo el país.

Para realizar el trámite de manera online puedes hacerlo AQUÍ, es importante destacar que en el caso de realizar el trámite online el afiliado debe encargarse de la digitalización del documento a color con sus páginas por el anverso y el reverso. El archivo puede estar en PDF o en imágenes JPG, JPEG o PNG y cada uno no debe superar los 12 MB.

Para poder solicitar el seguro hay que cumplir los siguientes requisitos:

Cuenta Individual de Cesantía (CIC):

Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas:

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.

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