Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Quiénes podrán cobrarlo? - Central Noticia

Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Quiénes podrán cobrarlo?

El cálculo del bono se realiza todos los meses.

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) lo entrega el Estado a los trabajadores dependientes, con el objetivo de aumentar sus ingresos de manera que se pueda garantizar un sueldo líquido de $340.817.

Este bono es postulable y el trámite se puede realizar durante todo el año.

¿Quiénes reciben el Ingreso Mínimo Garantizado?

Entre el 24 y 28 de octubre recibirán el Ingreso Mínimo Garantizado aquellos que postularon con éxito en septiembre.

Este beneficio va dirigido a todos los trabajadores dependientes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
  • Tener un sueldo bruto menor a $452.477.
  • El contrato debe ser con una jornada ordinaria: superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

Si el trabajador recibe el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el Ingreso Mínimo Garantizado.

En esos casos, solo se recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente.

¿Cuál es el monto del beneficio?

Entrega un aporte monetario mensual de hasta $66.893, y el monto varía en relación al sueldo bruto imponible que recibe la o el beneficiado.

El cálculo del bono se realiza todos los meses, por lo tanto, puede variar si es que, por ejemplo, se modificó el monto de la remuneración pactada en su contrato.

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