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Seguro de Cesantía: Con tu RUT averigua cuanto dinero tienes

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publicado: 27.10.2022
Seguro de Cesantía

créditos: Seguro de Cesantía

Cuando el empleado pierde su trabajo por causas voluntarias —una renuncia— o involuntarias —un despido o término de contrato—, entonces puede efectuar el cobro de los montos acumulados en su CIC.

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Cuando un trabajador es despedido de su fuente laboral, una de las ayudas a las que puede acceder es el Seguro de Cesantía, este consiste en los ahorros que acumuló en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la AFC mientras estaba trabajando y puede obtenerlo una vez queda desempleado.

Estos ahorros se obtienen mediante cotizaciones que son descontadas de la remuneración bruta del trabajador afiliado a la AFC; tal como ocurre con los descuentos previsionales de la AFP.

Cuando el empleado pierde su trabajo por causas voluntarias, entonces puede efectuar el cobro de los montos acumulados en su CIC.

¿Puedo cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito?

Al terminar una relación laboral, el trabajador y su empleador deben firmar el finiquito. En este documento, ambas partes establecen compromisos relacionados con eventuales pagos u otras materias. Sin embargo, hay ocasiones en que la instancia de firma del papel no existe.

¿Quiénes pueden cobrar el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía puede se puede solicitar cuando el trabajador o trabajadora esté cesante.

Para optar al seguro, hay que cumplir los siguientes requisitos:

Junto al documento de término de la relación laboral, los trabajadores de jornada parcial deben presentar el contrato de trabajo (para verificar las horas que allí se pactaron).

Para cobrar el Seguro de Cesantía, hay que entrar a la sucursal virtual de la AFC, iniciar sesión, hacer clic en “cobro del seguro”, seleccionar “comenzar solicitud de cobro” y seguir las instrucciones indicadas en el sitio.

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