¿Estás cesante?: Estos son los aportes en los que te puedes apoyar - Central Noticia

¿Estás cesante?: Estos son los aportes en los que te puedes apoyar

El principal objetivo de estos beneficios es ayudar mientras se encuentra en la búsqueda de empleo.

Actualmente, existen una serie de ayudas económicas que están destinadas a las personas que, por cualquier motivo, quedaron cesantes.

El principal objetivo de estos beneficios es ayudar mientras se encuentra en la búsqueda de empleo.

El primer trámite a realizar cuando se genera la desvinculación es la entrega del finiquito, este es un documento legal en que tanto el empleador como el exempleado acuerdan los compromisos respectivos.

¿Qué pagos puedo recibir si estoy cesante?

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con este se busca proteger a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.

Los afiliados a la AFC tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) en la que el empleador cotiza, mensualmente, el 3 % de la renta imponible del trabajador.

Cuando un trabajador queda cesante, puede llevar a cabo una solicitud para extraer el dinero de su CIC a través de giros mensuales, según el porcentaje de remuneración, aunque esto solo es posible si cumple con ciertos requisitos.

Fondo de Cesantía Solidario

Los afiliados a la AFC que no tengan dinero suficiente en su CIC o quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía, pueden optar al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), realizando una solicitud en la AFC.

En este caso, para recibir los pagos las personas deben:

  • Estar cesantes.
  • Tener recursos insuficientes en su cuenta individual de cesantía.
  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido.
  • Sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
  • El contrato, además, debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio; y deben activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

Subsidio de Cesantía

Los trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía, pueden obtener el Subsidio de Cesantía, es otorgado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Los beneficiarios pueden recibir una ayuda económica mensual, por un periodo máximo de 360 días, que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal, y a la Asignación por Muerte.

Debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación), que también será la encargada de su pago.

Cuenta de ahorro de indemnización

Las personas cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato, que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

El aporte se puede cobrar en la respectiva AFP, pero se deben presentar los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.

¿Dónde puedo encontrar ofertas de empleo?

Quienes estén interesados en hallar ofertas laborales, pueden ingresar a la plataforma en línea de la Bolsa Nacional de Empleo.

La inscripción al sitio es totalmente gratuita y también puede ser llevada a cabo por cualquier persona mayor de 18 años.

Existen otros sitios como Trabajando.cl y Laborum.cl que ofrecen una serie de puestos en diversas áreas, con sus respectivos requisitos y métodos de postulación.

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