Las cotizaciones se cuentan desde el último período en el que el afiliado tuvo acceso al Seguro de Cesantía.
En Chile, las personas que enfrentan el desempleo pueden acceder a una serie de beneficios, entre ellos el Seguro de Cesantía, administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Este seguro ofrece protección a todos los trabajadores, ya sea con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios.
¿Quiénes pueden optar al Seguro de Cesantía?
Para poder acceder al Seguro de Cesantía, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante: Esto se debe acreditar mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
- Para los contratos indefinidos o trabajadores de casa particular: Deben contar con al menos 12 cotizaciones, ya sea continuas o discontinuas, antes de que termine la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Para los contratos a plazo fijo, obra o servicio determinado: Deben tener al menos 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
Las cotizaciones se cuentan desde el último período en el que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, en caso de ser la primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes en que termina la relación laboral.
¿Cuáles son los montos?
El Seguro de Cesantía permite realizar giros mensuales de la Cuenta Individual por cesantía, y los montos se calculan en función de los últimos 12 meses de remuneración, de la siguiente manera:
- Primer mes: 70%
- Segundo mes: 55%
- Tercer mes: 45%
- Cuarto mes: 40%
- Quinto mes: 35%
- Sexto mes en adelante: 30%
¿Quiénes no pueden acceder al Seguro de Cesantía?
De acuerdo con la ley, el Seguro de Cesantía no aplica a las siguientes categorías de trabajadores:
- Trabajadores del sector público.
- Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.
- Trabajadores independientes.
- Menores de 18 años.
- Trabajadores con contrato de aprendizaje.
- Trabajadores pensionados, excepto los pensionados por invalidez parcial.
- Trabajadores que participan como socios mayoritarios o igualitarios en la administración o representación de la empresa empleadora.
¿Cómo solicitar el pago del Seguro de Cesantía?
Para solicitar el pago del Seguro de Cesantía de manera en línea, se debe ingresar al sitio web correspondiente y utilizar la Clave Única o la Clave AFC. Luego, se selecciona la opción “Cobro del seguro” y se procede a “Solicitar cobro del seguro”.
Una vez realizada la solicitud, se recibirá un correo electrónico que confirmará si la solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles.
Si se prefiere cobrar el seguro de manera presencial, se debe acudir a una sucursal de la AFC y explicar el motivo de la visita, que es solicitar el pago del Seguro de Cesantía. Luego, se entregan los documentos necesarios.
Finalmente, si la solicitud es aprobada, se proporcionarán detalles sobre las fechas y la forma de pago correspondiente.

