¿Quiénes reciben el Bono Compensatorio Sala Cuna? Descubre cómo obtenerlo

Los empleadores que cuenten con 20 o más trabajadoras en su empresa tienen la obligación de otorgar el Bono Compensatorio Sala Cuna a sus empleadas madres.

El Bono Compensatorio Sala Cuna es un beneficio establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo que busca proporcionar un apoyo económico a las madres con hijos menores de dos años en determinadas situaciones. Este bono cubre los gastos relacionados con el cuidado del hijo cuando se cumplen una de tres condiciones específicas.

¿Cómo solicitar el Bono Compensatorio Sala Cuna y quiénes pueden acceder a este beneficio?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, los empleadores que cuenten con 20 o más trabajadoras en su empresa tienen la obligación de otorgar el derecho a sala cuna a sus empleadas madres que tengan hijos menores de dos años.

No obstante, las empresas deben entregar un bono compensatorio cuando la madre cumple con alguna de las siguientes condiciones:

  1. El niño tiene una prescripción médica que impide su asistencia a una sala cuna.
  2. El lugar de trabajo se encuentra en zonas remotas o alejadas de los centros urbanos donde no existen salas cuna.
  3. La jornada laboral de la madre no es compatible con el horario de funcionamiento de una sala cuna.

Es importante destacar que también se deben cumplir ciertos requisitos, como:

  • Trabajar en una localidad donde no exista ningún establecimiento autorizado por la Junji para sala cuna.
  • Realizar labores en faenas mineras ubicadas en zonas apartadas de áreas urbanas.
  • Prestar servicios en horarios nocturnos.

¿Es posible aplicar esta normativa si estoy teletrabajando?

La aplicación de las obligaciones relacionadas con la sala cuna o el otorgamiento del Bono Compensatorio en el contexto del teletrabajo se evalúa de manera individual y puede variar según las circunstancias específicas.

En este sentido, la Dirección del Trabajo (DT) puede emitir un pronunciamiento para determinar si el empleador debe cumplir con la obligación de sala cuna o proporcionar el Bono Compensatorio en situaciones de teletrabajo.

Es importante tener en cuenta que las particularidades del teletrabajo pueden influir en la evaluación de la DT. En algunos casos, podría ser necesario realizar ajustes en las disposiciones relacionadas con la sala cuna o el Bono Compensatorio para adaptarse a las condiciones del teletrabajo.

Por lo tanto, se recomienda que los empleadores consulten con la DT en caso de tener dudas sobre cómo aplicar estas disposiciones en el contexto del teletrabajo.