¿Tienes 65 años o más? Los 4 bonos que puedes recibir en agosto
En agosto, adultos mayores pueden recibir hasta cuatro beneficios: PGU, Bono Bodas de Oro, Pensión de Viudez y Bono por Hijo.
Con el inicio de agosto, las personas mayores de 65 años tienen la posibilidad de recibir hasta cuatro beneficios económicos pensados para entregarles mayor estabilidad financiera y apoyo mensual.
Entre ellos destacan la Pensión Garantizada Universal (PGU), el Bono Bodas de Oro, la Pensión de Viudez y el Bono por Hijo.
Pensión Garantizada Universal: monto y requisitos
La PGU es un aporte estatal dirigido a quienes superan los 65 años y cuentan con pensiones bajas, con el objetivo de mejorar sus ingresos mensuales. Actualmente, el monto alcanza los $224.000, pero desde septiembre de 2025 subirá a $250.000 para beneficiarios de 82 años o más.
Requisitos principales:
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Tener 65 años cumplidos (la solicitud puede iniciarse desde los 64 años y 9 meses).
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No pertenecer al 10% de mayores ingresos del país.
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Pensión base igual o inferior a $1.210.828.
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Haber vivido en Chile al menos 20 años desde los 20 años de edad.
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Residencia en Chile durante 4 de los últimos 5 años previos a la solicitud.
Quienes aún no la reciben pueden revisar si cumplen las condiciones y postular en el sitio oficial.
Bono Bodas de Oro: para matrimonios de 50 años
Este beneficio entrega un pago único a parejas que cumplan medio siglo de matrimonio, siempre que no estén separadas ni divorciadas. Desde el 1 de octubre de 2024, el monto asciende a $445.352 por matrimonio.
Pensión de Viudez: aporte vitalicio
Conocida también como Pensión de Sobrevivencia del antiguo Sistema de Reparto, se otorga de forma mensual y vitalicia a cónyuges de personas fallecidas que eran imponentes o pensionados bajo dicho sistema.
Puede solicitarse en línea, usando ClaveÚnica, o de forma presencial en una oficina de ChileAtiende con cédula de identidad. Si el trámite lo realiza un tercero, debe presentar un poder notarial.
Bono por Hijo: aporte para mujeres mayores de 65 años
Este beneficio entrega un pago por cada hijo nacido vivo o adoptado, aplicable tanto a madres biológicas como adoptivas. El cálculo considera el 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento.
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Para hijos nacidos antes del 1 de julio de 2009, se usa como referencia el ingreso mínimo de ese mes ($165.000).
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Si el nacimiento fue posterior, se considera el ingreso mínimo vigente al momento del nacimiento.