Aguinaldo de Fiestas Patrias: conoce si es obligatorio en el sector privado, cómo se paga y qué dicen los expertos.
Con la llegada de las Fiestas Patrias, uno de los beneficios más esperados por los trabajadores es el aguinaldo. Mientras que en el sector público el pago está garantizado por ley, en el ámbito privado la situación es distinta y depende de cada empleador.
Cómo se paga el aguinaldo en el sector público y privado
Los funcionarios del Estado recibirán el aguinaldo durante la próxima semana, con montos determinados según su sueldo base. En el caso de las empresas privadas, no existe una obligación legal generalizada.
En entrevista con T13 En Vivo, Macarena Molina, product manager de Gestión de Personas en Defontana, explicó: “Cuando hablamos del sector privado, el aguinaldo es voluntario. No así en el sistema público”.
¿Cuándo pasa a ser obligatorio en las empresas privadas?
Aunque no es un derecho garantizado en el Código del Trabajo, Molina aclaró que hay un punto en que sí se transforma en una obligación: “Es obligatorio cuando lo entregamos por más de dos períodos consecutivos, se transforma en una cláusula tácita del contrato de trabajo y generalmente, se mantiene en las empresas, debido a esta continuidad de los pagos”.
En ese sentido, la especialista precisó que la empresa puede decidir libremente el monto y la forma de entrega, pero si ya existe una práctica sostenida, se convierte en un compromiso laboral.
Formas de pago más comunes
El aguinaldo puede entregarse de distintas maneras. Algunas empresas optan por el dinero en efectivo, otras por cajas de mercadería, giftcards o incluso días libres.
De hecho, según un estudio de Defontana, 9 de cada 10 trabajadores prefieren recibir el aguinaldo en efectivo. El mismo sondeo reveló que un 57% lo utiliza para celebrar las fiestas y un 22% lo destina a pagar deudas.
Aguinaldo como parte de la remuneración
Este beneficio no es un simple “extra”, sino que se considera parte del sueldo. “Constituye remuneración, es decir, es parte del sueldo cuando decides pagarlo, por lo tanto, es imponible, genera pago de cotizaciones previsionales, es tributable”, indicó Molina.
Además, señaló que los montos tienden a ajustarse con el tiempo: “Desde el tercer periodo debería ir al alza, sin embargo, de común acuerdo con los colaboradores, podría bajar ese monto. Lo normal es que se vaya ajustando tal cual se va ajustando la economía”.
Fechas habituales de pago
Respecto al calendario, la especialista aclaró: “Se puede entregar un día antes del 18. La mayoría de las empresas lo paga en la quincena de septiembre, sin embargo, hay un gran número de empresas que lo paga con la remuneración de agosto o el 17 de septiembre”.

