Vocales de mesa 2025: revisa hasta cuándo puedes excusarte, los motivos válidos y las multas por no presentarte

Ya comenzó el plazo para excusarse de ser vocal de mesa en las elecciones del 16 de noviembre. Conoce los motivos válidos y sanciones.

Vocales de mesa

Este lunes 27 de octubre se abrió oficialmente el periodo para que las personas designadas como vocales de mesa puedan presentar sus excusas ante las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del próximo 16 de noviembre.

Más de 200 mil ciudadanos fueron seleccionados por el Servicio Electoral (Servel) para cumplir esta función obligatoria, y quienes no asistan sin una justificación válida arriesgan multas que pueden alcanzar cifras elevadas.

Hasta cuándo se puede presentar la excusa

El proceso para excusarse comenzó este lunes 27 de octubre y se extenderá hasta el miércoles 29 del mismo mes. Durante este periodo, los vocales que no puedan ejercer su labor deberán justificar su ausencia de manera presencial o vía correo electrónico ante la Junta Electoral correspondiente.

👉 Haz clic aquí para conocer tu Junta Electoral

El 1 de noviembre se publicará la lista definitiva de vocales y reemplazantes, por lo que se recomienda volver a revisar la designación en esa fecha para confirmar si se mantiene o fue modificada.

Excusas válidas para no ser vocal de mesa

El Servel contempla una serie de causales que permiten excusarse del cargo, siempre y cuando sean debidamente acreditadas. A continuación, el detalle de las principales:

Causales de inhabilidad legal

  1. Ser candidato en la elección o tener parientes directos de candidatos (cónyuge o familiares hasta el segundo grado).

  2. Autoridades públicas y funcionarios como ministros, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores, consejeros regionales, embajadores, cónsules, magistrados, jueces, fiscales, contralores o miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden.

  3. Extranjeros, personas no videntes, analfabetos o quienes tengan condenas por delitos electorales.

Otras excusas aceptadas

  1. Estar fuera del país o a más de 300 kilómetros del local de votación.

  2. Tener que cumplir otras funciones electorales en la misma jornada.

  3. Ser mayor de 70 años.

  4. Contar con un certificado médico que acredite una incapacidad física o mental.

  5. Trabajar en establecimientos hospitalarios el día de las elecciones.

  6. Estar embarazada o ser padre o madre de un hijo menor de dos años.

  7. Cuidar a adultos mayores dependientes o a personas con discapacidad.

Las multas por no cumplir con el deber cívico

Quienes hayan sido nombrados vocales y no se presenten sin causa justificada serán denunciados por el Servel ante los Juzgados de Policía Local.

Las sanciones económicas varían entre 2 y 8 UTM, es decir, entre $138.000 y $554.000 aproximadamente, dependiendo de la gravedad de la infracción.

ÚLTIMAS NOTICIAS

El organismo electoral recordó que cumplir con esta labor es una responsabilidad ciudadana fundamental para el correcto desarrollo del proceso democrático, aunque existen mecanismos formales para quienes, por razones justificadas, no puedan asumirla.