Revisa quiénes pueden recibir el Bono por Hijo, cómo se calcula el monto y cuándo se paga este beneficio destinado a mejorar pensiones de mujeres.
El Bono por Hijo vuelve a tomar relevancia en 2025, especialmente entre mujeres que están próximas a jubilar o que ya cumplieron los 65 años. Este aporte estatal, creado para mejorar las pensiones de las madres, se entrega por cada hijo nacido vivo o adoptado, beneficiando tanto a la mamá biológica como a la adoptiva en casos de adopción.
¿Para qué sirve este beneficio?
El aporte no se paga al momento del nacimiento, sino cuando la mujer accede a una pensión. Desde esa fecha, el dinero se incorpora mensualmente a su jubilación o, en el caso de la PGU u otras pensiones solidarias, se paga de forma vitalicia.
El bono genera rentabilidad desde el nacimiento de cada hijo o hija, por lo que su valor final puede variar significativamente con los años.
¿Cómo se calcula el monto del Bono por Hijo?
Las reglas de cálculo son distintas según la fecha de nacimiento del niño:
Hijos nacidos antes del 1 de julio de 2009
La mujer recibe un monto equivalente al sueldo mínimo vigente en ese período: $165.000 por cada hijo.
Hijos nacidos desde el 1 de julio de 2009
El bono equivale al 10% de 18 sueldos mínimos según el mes de nacimiento.
Por ejemplo, para un parto ocurrido en abril de 2025, el beneficio será cercano a $919.144, considerando el salario mínimo actual de $510.636.
¿Cuándo se paga el Bono por Hijo?
El depósito comienza cuando la mujer se pensiona:
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Afiliadas a AFP: se integra a la pensión y se paga hasta que se agote el monto total rentabilizado.
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Beneficiarias de PGU u otras pensiones solidarias: reciben el bono de manera vitalicia.
Requisitos generales para acceder al Bono por Hijo
Para postular, las madres deben:
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Haber cumplido 65 años en 2025 (o tener más).
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Acreditar 20 años de residencia en Chile desde que cumplieron 20 años.
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Haber vivido 4 de los últimos 5 años inmediatos anteriores a la solicitud dentro del país.
Para mujeres exiliadas, se reconoce el tiempo vivido fuera de Chile si están registradas en la Oficina de Retorno o en una Oficina Consular.
¿Quiénes sí pueden recibirlo?
Además de los requisitos anteriores, se debe cumplir al menos una de estas condiciones:
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Estar afiliada a una AFP y haberse jubilado después del 1 de julio de 2009.
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Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
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No tener afiliación previsional y recibir una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP.
¿Quiénes quedan excluidas?
No pueden acceder al bono las mujeres que:
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Reciban pensiones del antiguo sistema previsional.
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Sean parte de los regímenes de Capredena o Dipreca.

