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¿Quedaste sin pega? Seguro de Cesantía paga hasta el 70% de tu sueldo: revisa los requisitos

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publicado: 16.08.2026
Seguro de Cesantía

Conoce los beneficios para personas cesantes en agosto: revisa requisitos de la AFC, Fondo Solidario y aportes del IPS para postular.

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La pérdida de una fuente laboral representa un complejo desafío financiero, motivo por el cual el Estado dispone de una serie de mecanismos de protección y aportes económicos orientados a mitigar el impacto de la desocupación durante este mes, siempre que los postulantes acrediten el cumplimiento de ciertos requisitos contractuales y previsionales.

Seguro de Cesantía: montos, exigencias y cobro de la cuenta individual

La herramienta central ante el desempleo corresponde al Seguro de Cesantía gestionado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), aporte financiado mediante los ahorros acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador dependiente.

Para activar este beneficio, los afiliados deben demostrar el término de la relación laboral con el respectivo finiquito o documento de respaldo y contar con un piso mínimo de cotizaciones acreditadas:

Respecto al cálculo del aporte, este se determina sobre el promedio de los últimos ingresos imponibles. En el primer giro se percibe el 70% de dicha remuneración, para luego reducirse gradualmente a 60%, 45%, 40%, 35% y 30% en los meses sucesivos, hasta consumir el saldo total de la cuenta. El trámite se gestiona directamente en la sucursal virtual de la entidad utilizando ClaveÚnica.

Fondo de Cesantía Solidario: opción complementaria ante saldos insuficientes

Cuando los fondos de la cuenta individual resultan insuficientes para cubrir un ciclo mínimo de cinco mensualidades, los trabajadores pueden recurrir al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre que reúnan exigencias adicionales de cotización y causales de despido involuntarias.

Para optar a este fondo de financiamiento estatal y patronal, se requiere acreditar 10 pagos previsionales en los últimos 24 meses (con las tres últimas de carácter continuo con el mismo empleador) y haber cesado funciones por causales como necesidades de la empresa, vencimiento de contrato, fin de faena o quiebra del empleador. Adicionalmente, es obligatorio figurar inscrito y activo en la plataforma de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).

Bajo esta modalidad, los pagos con contrato indefinido inician en un 70% de la renta promedio, mientras que en contratos por obra o plazo fijo parten con un tope del 60%.

Subsidio de Cesantía del IPS y cajas de compensación

En una línea paralela opera el Subsidio de Cesantía, beneficio administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación, enfocado exclusivamente en extrabajadores no regidos por el actual sistema de la AFC (aquellos con contratos suscritos con anterioridad al 2 de octubre de 2002).

Este subsidio exige contar con al menos 12 meses o 52 semanas de imposiciones en el bienio previo al cese de funciones. La cobertura puede prolongarse por un tope de 360 días (en tramos renovables de tres meses) e integra beneficios adicionales como atención de salud gratuita en el sistema público, Asignación Familiar y Asignación por Muerte.

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