Atención conductores: confirman exactamente hasta cuándo rige prórroga de licencia de conducir

¿Tu licencia de conducir venció o vence pronto? Una ley en vigencia la mantiene válida sin hacer trámites: revisa si te beneficia.

La Ley 21.806 mantiene vigentes las licencias vencidas en 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026 y extiende por seis meses las que vencen durante este año.

Si tu licencia de conducir venció durante 2025 o vence este año y aún no logras hora para renovarla, hay una buena noticia que conviene recordar en plena semana de Fiestas Patrias: la Ley N° 21.806 mantiene tu documento válido de forma automática, sin que debas realizar ningún trámite.

La norma, en vigencia desde febrero pasado, fue diseñada para descongestionar las Direcciones de Tránsito municipales, colapsadas por el rezago acumulado y la transición hacia la licencia digital. Este es el esquema que rige hoy:

¿Hasta cuándo rige la prórroga?

  • Licencias vencidas durante 2025: quedaron automáticamente prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Licencias con vencimiento durante 2026: tienen una extensión de seis meses adicionales, contados desde el día y mes impresos en el documento. Por ejemplo, si tu licencia vence el 15 de diciembre de 2026, seguirá válida hasta el 15 de junio de 2027.

¿Debo hacer algún trámite o timbraje?

No. La prórroga opera por el solo ministerio de la ley: no es necesario acudir a la Dirección de Tránsito ni a los Juzgados de Policía Local para pedir sellos, timbrajes o certificados. El documento físico, aunque muestre una fecha vencida, es válido para todos los efectos legales dentro del plazo extendido, incluidos los controles de Carabineros y de los inspectores municipales en ruta.

Eso sí, la prórroga aplica solo a renovaciones: quienes postulan por primera vez a una licencia deben seguir el proceso normal. Y las autoridades municipales recomiendan no confiarse: agendar la renovación con anticipación y no dejarla para el último día de la extensión.

Ojo: al renovar te encontrarás con la Ley Jacinta

Desde febrero también rige la Ley Jacinta, que sumó un requisito al momento de solicitar o renovar la licencia: una declaración jurada en la que el postulante informa que no padece enfermedades inhabilitantes o restrictivas para conducir.

Entregar información falsa en esa declaración es una infracción grave y puede significar la cancelación de la licencia. La misma ley duplicó las indemnizaciones del SOAP. Puedes revisar el detalle en las preguntas frecuentes de ChileAtiende y en el sitio del Gobierno.

Vigencias habituales de cada licencia

Una vez que regularices tu documento, estos son los plazos estándar que establece la Ley de Tránsito:

  • Clases no profesionales (B y C) y especiales (D, E y F): vigencia de 6 años.
  • Clases profesionales (A1, A2, A3, A4 y A5): vigencia de 4 años, con examen teórico obligatorio en cada renovación.