Así es el paso a paso para cobrar el Seguro de Cesantía si no tienes finiquito
Lo pueden cobrar todos quienes tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Lo pueden cobrar todos quienes tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Es requisito que el contrato —ya sea indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios— esté regido por el Código del Trabajo y que la persona esté afiliada a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).