¡REVISA! Este es el bono para mujeres que se recibe mensualmente y que no necesita postulación
El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio estatal dirigido a familias y usuarias del programa Chile Seguridades y Oportunidades, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social.
A diferencia de otros beneficios estatales, el Bono Dueña de Casa no requiere postulación, ya que solo se necesita cumplir un requisito: aceptar la invitación para participar en uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).
Este es el bono para mujeres que se paga mensual y no es necesario postular
El Bono de Protección, popularmente conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio estatal dirigido a familias y usuarias del programa Chile Seguridades y Oportunidades, el cual forma parte del Ministerio de Desarrollo Social.
La única condición para recibir este beneficio es recibir una invitación por parte del Ministerio de Desarrollo Social, la cual se realiza a través de una carta de compromiso. Una vez firmada dicha carta, junto con el Plan de Intervención, se otorga el bono y se inician los pagos correspondientes.
¿Cuál es el monto del Bono Dueña de Casa?
ChileAtiende informa que este bono se entrega mensualmente durante 24 meses, diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS).
El bono se entrega según los siguientes tramos (valores 2023):
- Primeros 6 meses, el bono asciende a $21.823.
- Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.
- Desde el mes 19 al 24: $16.828 (valor corresponde a monto SUF).
¿Por cuánto tiempo se paga el Bono Dueña de Casa?
Según información proporcionada por ChileAtiende, el beneficio del Bono Dueña de Casa se otorga durante un período de 24 meses, siempre y cuando la persona esté siendo acompañada por los programas del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
Es importante tener en cuenta que este beneficio puede ser perdido en caso de renuncia voluntaria o por no cumplir con los deberes establecidos al momento de firmar la participación en el Subsistema.
¿Quiénes pueden recibir el Bono Dueña de Casa?
Se paga en el siguiente orden de prioridades a quienes cumplan con los requisitos:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.