¿Quedaste sin trabajo? Estos son los bonos y beneficios que puedes cobrar en agosto y cuánto dinero entregan
¿Quedaste sin trabajo? Revisa los tres beneficios para cesantes disponibles en agosto: montos, requisitos y cómo solicitarlos paso a paso.
Las personas que perdieron su empleo cuentan con distintos mecanismos de apoyo financiero en el país, aunque cada uno exige condiciones específicas de cotizaciones, tipo de contrato y forma en que terminó el vínculo laboral. Revisa acá en qué consisten y quiénes pueden acceder.
Seguro de Cesantía: la vía principal para los trabajadores
Este beneficio se financia con las cotizaciones reunidas a lo largo de la vida laboral y se cobra mediante la Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Para optar a él hay que estar cesante y acreditar el término del contrato.
Las cotizaciones mínimas varían según el tipo de contratación:
- Contrato indefinido: se exigen al menos 10 cotizaciones.
- Contrato a plazo fijo, por obra o servicio: bastan 5 cotizaciones.
El monto se calcula sobre el promedio de las últimas remuneraciones imponibles. El primer pago equivale al 70% de ese promedio y luego el porcentaje baja escalonadamente a 60%, 45%, 40%, 35% y 30%, hasta consumir el saldo disponible.
El trámite puede completarse por internet en la plataforma de la AFC, usando ClaveÚnica o clave AFC, junto al documento que acredite el fin de la relación laboral.
Fondo de Cesantía Solidario: el complemento cuando no alcanza
Si el dinero acumulado en la Cuenta Individual no permite financiar por lo menos cinco pagos, existe la posibilidad de acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), cumpliendo requisitos adicionales.
Se piden 10 cotizaciones pagadas dentro de los 24 meses previos al término del contrato, con las tres últimas continuas y con el mismo empleador. Además, la causal del término debe ser habilitante: necesidades de la empresa, vencimiento del plazo pactado, conclusión del trabajo o servicio, o quiebra del empleador. Otro requisito es estar inscrito en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
En contratos indefinidos, los pagos del FCS parten en un 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 meses y decrecen de forma progresiva hasta el quinto abono; en contratos a plazo fijo, obra o servicio, comienzan en un 60%.
Subsidio de Cesantía: un régimen para casos específicos
También opera el Subsidio de Cesantía, gestionado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación. Se trata de un beneficio distinto al seguro, orientado principalmente a trabajadores que suscribieron su contrato antes del 2 de octubre de 2002, entre otras condiciones.
Para pedirlo se requiere acumular al menos 12 meses o 52 semanas de imposiciones en los dos años anteriores a la cesantía, figurar en los registros correspondientes y haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
Este subsidio puede prolongarse hasta 360 días, en períodos renovables de 90, e incluye asistencia médica gratuita en el sistema público de salud, Asignación Familiar y/o Maternal y Asignación por Muerte.
¿Cómo saber cuál corresponde en cada caso?
En síntesis, la AFC es la puerta de entrada principal para quienes quedaron sin empleo y tienen cotizaciones en el Seguro de Cesantía; el Fondo Solidario actúa como respaldo cuando se cumplen sus exigencias; y el Subsidio del IPS aplica a un régimen antiguo destinado a situaciones particulares. Ante cualquier duda, lo recomendable es verificar la situación directamente en las plataformas oficiales de cada organismo.