Entérate cuándo se pagará el segundo retiro el 10% de las AFP

Cabe recordar que cada administradora tiene su propio sistema para poder conocer el saldo. Solo necesitarás la clave personal e tu AFP y podrás conocer toda la información que desees en cuanto a fondos, cartolas históricas y saldos.

Tercer retiro

Este 10 de noviembre, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto del segundo retiro del 10% de las AFP, el cual ahora seguirá su camino en el Senado.

La iniciativa permitirá que aquellos pensionados podrán optar entre 35 y 150 UF para retirar en una sola cuota y de forma excepcional, por la emergencia sanitaria del Covid-19.

Cabe recordar que cada administradora tiene su propio sistema para poder conocer el saldo. Solo necesitarás la clave personal e tu AFP y podrás conocer toda la información que desees en cuanto a fondos, cartolas históricas y saldos.

Estas son las páginas oficiales de cada AFP para poder acceder a tus datos personales:

De acuerdo a la diputada del Partido Humanista, Pamela Jiles, se está trabajando para que el segundo retiro del 10% pueda realizarse antes de navidad.

Asimismo, el Senado comenzará el debate en particular y general sobre la iniciativa el próximo 19 de noviembre. En caso de ser aprobado sin indicaciones, podrá ser publicado en el Diario Oficial.

Destacar que en el documento presentado al Congreso, el 30 de diciembre es la fecha máxima para poder retirar el dinero, y deberá esperarse si esta indicación es modificada.

Estas son las diferencias clave entre el primer y segundo retiro del 10% de las AFP:

  • Retiro entre 35 ($1 millón) y 150 UF ($4,3 millones).
  • Si los fondos son menores a 35 UF, podrás retirar el total.
  • Si los fondos son mayores a 35 UF, podrás retirar hasta el tope.
  • Pago en una sola cuota independiente del monto a retirar.
  • El pago se hará en un plazo máximo de 30 días hábiles desde ingresada la solicitud.
  • No estará afecto a impuestos.
  • Quienes quieran reintegrar el dinero, podrán hacerlo mediante una cotización voluntaria del 5% adicional.
  • Autoridades que retiren su 10%, deberán incluirlo en su declaración de intereses.

Información de Encancha.cl