Chocó manejando ebrio, mató a una madre y sus dos hijos y ya tenía antecedentes: la condena que sacude a Molina
Condena en Molina: la justicia resolvió el caso del abogado que causó la muerte de una madre y sus dos hijos.
El caso del abogado que provocó la muerte de una madre y sus dos hijos en Molina ya tiene condena. La resolución establece cárcel efectiva y sanciones sobre el vehículo y su autorización para conducir.
El Juzgado de Garantía de Molina impuso ocho años de presidio efectivo a Héctor Marcelo García Sepúlveda. El siniestro ocurrió el 1 de noviembre de 2025, en la Región del Maule.
Las sanciones que contempla la condena en Molina
El tribunal resolvió el caso mediante un procedimiento abreviado. Además de la pena privativa de libertad, la sentencia incluye otras tres sanciones:
- Multa de 20 unidades tributarias mensuales (UTM).
- Comiso del vehículo utilizado en el siniestro.
- Inhabilitación perpetua para conducir.
La inhabilitación tiene un alcance distinto de la pena de cárcel: establece una prohibición permanente para conducir vehículos motorizados.
La condena anterior por conducción en estado de ebriedad
García Sepúlveda ya registraba una condena por conducción en estado de ebriedad en Curicó, en 2021. En aquella oportunidad recibió una pena sustitutiva.
El nuevo caso terminó con una pena de cumplimiento efectivo. Los antecedentes publicados sobre la resolución destacan la reincidencia y la gravedad del siniestro.
La condena anterior correspondía a conducción en estado de ebriedad. La información disponible no señala que aquel episodio también hubiera provocado muertes.
Cómo ocurrió la colisión frontal en Molina
El choque se registró en la Ruta K-175, en el sector Santa Elena. La investigación estableció que el automóvil del abogado traspasó el eje central de la calzada e impactó frontalmente al otro vehículo.
Los tres integrantes de la familia viajaban en el automóvil que recibió el impacto. El conductor del otro vehículo sufrió lesiones leves y recibió atención en el Hospital de Molina.
En las primeras diligencias, el fiscal subrogante Marcelo Garrido, de la Fiscalía, informó que se investigaba una colisión frontal entre dos vehículos menores.
Los antecedentes difundidos sobre los exámenes del conductor indican 2,8 gramos de alcohol por litro de sangre y un resultado positivo a marihuana.
Como referencia, la Ley de Tránsito establece el estado de ebriedad desde 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre. La cifra informada en este caso supera ampliamente ese umbral.
El recuerdo de la funcionaria del Hospital de Curicó
Una de las víctimas integraba el equipo de Laboratorio del Hospital de Curicó. Tras su fallecimiento, el establecimiento destacó su trabajo y el vínculo con sus compañeros.
“[La funcionaria] se destacó por su compromiso, calidez humana y vocación de servicio, cualidades que dejaron una huella imborrable en sus compañeros y en toda la comunidad hospitalaria. Su partida deja un profundo vacío entre quienes tuvieron la oportunidad de compartir con ella tanto en lo laboral como en lo personal”, señaló el hospital en un comunicado.
La colisión también causó la muerte de su madre y de su hermano.
Qué significa el procedimiento abreviado en el caso de Molina
El Código Procesal Penal regula esta vía de resolución. Para aplicarla, el acusado debe aceptar expresamente los hechos y los antecedentes de la investigación, además de consentir el procedimiento.
El juez debe verificar que esa conformidad sea libre y voluntaria. Luego evalúa los antecedentes y dicta la sentencia correspondiente.
En este caso, el Poder Judicial resolvió una condena de ocho años de presidio efectivo. Que el procedimiento sea abreviado no significa que la pena deba ser sustitutiva.
Los antecedentes consultados sobre el caso de Molina no permiten confirmar si la sentencia está firme. El Código Procesal Penal mantiene la presunción de inocencia hasta que exista una condena firme.