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En detalle: Diputados piden que permita un segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP

Ingreso Familiar de Emergencia
Foto: Archivo
Un grupo de diputados propuso al parlamento un proyecto que permita un segundo retiro del 10% de los…

Un grupo de diputados propuso al parlamento un proyecto que permita un segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP, para colaborar con la crisis económica a la que se están enfrentando por causa del Covid-19.

Por su parte, la diputada Pamela Jiles, fue la encargada de entregar el documento y explicó que están en la ardua búsqueda de hacer frente a la situación económica generada por la emergencia sanitaria la cual complicó la situación de cientos de trabajadores en Chile.

Jiles agregó que si bien es cierto que el Estado ha ordenado medidas sanitarias y económicas, no todas han sido a beneficio de los trabajadores, incluso calificó algunas de las medidas como “insuficientes y la mayoría completamente tardías” lo que a su juicio, para tener una respuesta positiva a dichas medidas es necesario actuar con urgencia.

El portal de noticias 24Horas.cl explica en detalle los planteamientos que Jiles pide que se agregue a la Constitución: “Excepcionalmente, y para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, de forma voluntaria y de forma excepcional, a realizar un segundo retiro hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.

Concretamente, la modalidad se asemeja a la normativa que ya está vigente, pudiendo las personas:

  • Retirar un monto máximo de retiro el equivalente a 150 Unidades de Fomento y un mínimo de 35 Unidades de Fomento
  • En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.
  • En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

“Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias”, complementó el proyecto.

De igual forma los interesados en retirar el dinero están en la libertad de hacerlo por la plataforma web, vía telefónica y de manera presencial que al efecto dispongan las administradoras de fondos de pensiones, procurando que este proceso sea rápido y seguro

Información de 24Horas.cl

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