Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Sabes si recibirás el beneficio de este subsidio? - Central Noticia

Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Sabes si recibirás el beneficio de este subsidio?

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Para poder optar al beneficio, debes cumplir con algunos requisitos

El Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado garantiza un salario mínimo a quienes tengan jornadas de 30 hasta 45 horas semanales y que reciben mensualmente menos de $393.987 brutos de sueldo.

Este beneficio que dispone el Estado para los trabajadores permite aumentar sus ingresos de manera que pueda asegurar un sueldo líquido de 300 mil pesos.

El proceso de postulación se realiza vía digital en este sitio web. En cuanto a los casos excepcionales, podrán solicitarlo presencialmente en sucursales de Chile Atiende.

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¿Cuáles son los requisitos para optar al subsidio?

Para poder optar al beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser trabajador dependiente.
  • Poseer un contrato acogido al Código del Trabajo.
  • Tener un sueldo bruto mensual menor a $393.987.
  • Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Ser parte de un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).

Es válido destacar que la postulación del solicitante será verificada con la información contenida en las bases administrativas del Estado, más los datos que aporte la persona durante el trámite.

¿Cuál es el monto del subsidio?

A raíz de este beneficio los trabajadores reciben un apoyo monetario de hasta $47.927, dependiendo de su ingreso bruto.

El cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual de tu contrato a jornada ordinaria y tus horas de trabajo semanales pactadas en dicho contrato.

¿Cómo cobrar el beneficio?

Este subsidio se pagará en la cuenta bancaria del beneficiario o en sucursales del Banco Estado o ServiEstado. Si la persona no tiene Cuenta RUT, durante la postulación podrá solicitar la creación de una para recibir el monto.

Este cobro se puede hacer hasta 6 meses después de que el pago haya sido otorgado. Si no se efectúa, se entenderá que el beneficiario renunció al subsidio.

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