Bono Pymes: ¿Ya sabes quiénes pueden solicitar el Anticipo Solidario? - Central Noticia

Bono Pymes: ¿Ya sabes quiénes pueden solicitar el Anticipo Solidario?

IFE Rebrote
El Anticipo Solidario para el Pago de Cotizaciones es un monto que podrán solicitar las empresas acogidas a la Ley de Protección del Empleo, que hayan declarado y no pagado cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores suspendidos.

El denominado Bono de Alivio, destinados para las pequeñas y medianas empresas (Pymes), continua su tramitación en el Congreso.

La comisión de Hacienda aprobó y despachó el beneficio con 11 votos a favor y una abstención; y a razón de ello, este jueves la Cámara de Diputados analiza el proyecto.

De convertirse en ley, podría beneficiar a cerca de 820 mil Pymes afectadas por las consecuencias de la pandemia.

Requisitos para acceder al pago de $1 millón:

La iniciativa consiste en entregar, por sola vez, un bono de cargo fiscal que asciende a $1.000.000 a las Pymes —sean personas naturales y jurídicas— que informaron inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) al 21 de marzo de 2020, y que sus ventas sean inferiores a 25 mil UF en 2020 (cerca de $741 millones), señala Meganoticias.

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Para resultar beneficiadas con este pago, las Pymes interesadas tendrían que cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Ingresos por ventas y servicios del giro de, al menos, dos meses, continuos o discontinuos, durante 2020 ó 2021.
  • Que hayan tenido contratado, a lo menos, un trabajador durante 2020, según información presentada al SII.
  • Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares y jardines infantiles, entre otros, y que hayan tenido alguna venta desde el año 2019.

Bono Adicional Variable de hasta $2 millones

Este beneficio establece una segunda bonificación que podrían recibir todas las Pymes que deben pagar IVA. En tanto, aquellas obtendrán la devolución de tres meses del promedio fiscal de este impuesto declarado por las ventas y servicios por los 12 meses del año 2019, logrando un monto con tope máximo de $2.000.000.

Además, si el titular de una empresa individual de responsabilidad limitada es de sexo femenino según el Registro Civil, tanto el Bono de Alivio como el Bono Adicional Variable aumentarán en un 20% su valor.

¿Cuáles serían los plazos de pago?

Se busca que el acceso y el pago de estos beneficios sea simple y expedito, agregando que su asignación sería de manera automática.

De ser una realidad, a los 15 días que sea publicada la norma, las Pymes podrían ingresar al sitio web del SII para conocer si son beneficiarias. Luego, a los 20 días, los respectivos montos serían depositados.

¿Quiénes pueden solicitar el Anticipo Solidario?

El Anticipo Solidario para el Pago de Cotizaciones lo pueden solicitar las empresas, sean personas naturales o jurídicas, que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
  • Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250* en el año 2020.
  • Cumplir una de las siguientes condiciones: tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 ó 2021; o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
  • Haber tenido contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021, de acuerdo a lo establecido en el art. 505 bis del Código del Trabajo.
  • Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, el 6 de abril de 2020, y el 31 de marzo de 2021.
  • Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • No desempeñar actividades financieras o de seguros.
  • Empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.

*25.000 UF al 31 de diciembre de 2020.

Fecha de solicitud del Anticipo Solidario?

El Anticipo Solidario para el Pago de Cotizaciones lo pueden solicitar las empresas, sean personas naturales o jurídicas, que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
  • Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250* en el año 2020.
  • Cumplir una de las siguientes condiciones: tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 ó 2021; o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
  • Haber tenido contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021, de acuerdo a lo establecido en el art. 505 bis del Código del Trabajo.
  • Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, el 6 de abril de 2020, y el 31 de marzo de 2021.
  • Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • No desempeñar actividades financieras o de seguros.
  • Empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.

*25.000 UF al 31 de diciembre de 2020.

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