Carabinera queda en libertad tras provocar aborto con violento ataque en comisaría de Santiago

La condena dictada por el tribunal es considerada una señal de la importancia de proteger los derechos humanos en Chile

La carabinera Tiare Noemi Vergara Torres fue condenada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago a cinco años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, por el delito consumado de apremios ilegítimos que causaron lesiones graves.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2016 en la comuna de Santiago. El tribunal, en un fallo unánime, estableció que quedó demostrado más allá de toda duda razonable que la carabinera cometió este ilícito. La condenada ejerció una violencia desmedida e ilegítima en contra de una persona que se encontraba bajo su custodia, lo que provocó lesiones graves en el afectado.

La condena dictada por el tribunal es considerada una señal de la importancia de proteger los derechos humanos en Chile y de la necesidad de que las fuerzas policiales actúen siempre dentro de los marcos legales y con el respeto a los derechos de todas las personas.

“Aproximadamente a las 11:00 horas del 26 de mayo de 2016, (…) mientras se realizaba una marcha estudiantil no autorizada en el centro de Santiago, la víctima (…) fue detenida por funcionarios de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile, entre los cuales se encontraba la imputada, cabo 2° de Carabineros, por haber tratado de interferir en la detención de un grupo de estudiantes (…)”, sostuvo el fallo unánime consignado por Biobiochile.

“Una vez detenida –consigna la resolución- fue trasladada a la 3° Comisaría de Santiago, alrededor de las 11:45 horas, lugar en donde trataron de esposarla, situación que generó angustia en la víctima, quién señaló sufrir de crisis de pánico, tratando de resistirse e insistiéndoles a los funcionarios policiales que le pusieran las esposas por delante. Acercándose al lugar más Carabineros, quienes procedieron a sostenerla de los brazos y piernas. En ese momento la imputada (…) procedió a propinarle una patada en la vagina”.

Además, destacaron que “(…) la víctima fue conducida al SAPU de Renca a constatar lesiones, comenzando en el trayecto a sentir cólicos y malestar estomacal, siendo revisada por el médico del SAPU, quién constató que presentaba sangrado vaginal, siendo derivada al Hospital San Juan de Dios, lugar en el que le realizaron una ecografía transvaginal y un examen de sangre destinado a determinar la hormona del embarazo, que resultó positivo, encontrándose en proceso de aborto”.

A raíz de las lesiones, “la víctima presentó lesiones por la acción de un objeto contundente (…) de pronóstico médico legal grave, que sanaron, previo tratamiento quirúrgico especializado, en 32 a 35 días con igual tiempo de incapacidad, sin dejar secuelas funcionales ni deformación estética, que implicaron la interrupción de un embarazo inicial, que no era evidente a la víctima ni de conocimiento de la imputada”.

El tribunal también impuso a Vergara Torres una inhabilitación absoluta temporal por siete años y un día en su grado máximo para desempeñar cargos públicos, ejercer profesiones titulares y ejercer sus derechos políticos. Además, se dictó la inhabilitación absoluta perpetua para sus derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena.

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Dado que se cumplen los requisitos legales, el tribunal sustituyó la pena principal por la de libertad vigilada intensiva durante cinco años. Vergara Torres deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile en su domicilio dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que se ejecute la sentencia. También deberá cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento, así como con las condiciones establecidas en el artículo 17 de la ley.

En cuanto al delito de apremios ilegítimos, el tribunal señaló que el quantum de la pena se determinó considerando la magnitud del daño causado, en virtud del artículo 69 del Código Penal. En este caso, se tuvo en cuenta las consecuencias psicológicas sufridas por la víctima, además de otros malos tratos.

Finalmente, el tribunal acogió parcialmente la demanda civil interpuesta por la parte querellante, y condenó a Vergara Torres a pagar $5.000.000 en concepto de daño moral causado a la víctima por los apremios ilegítimos.