¡ATENTOS! Lo que ya no podrás hacer con tu vapeador desde este martes en Chile

Desde este martes 20 de mayo entra en vigencia la Ley 21.642 que regula la venta y publicidad de cigarrillos electrónicos.

vapeador

Este martes 20 de mayo comienza a regir en Chile la Ley 21.642, una normativa que establece un marco regulatorio para la venta y publicidad de cigarrillos electrónicos, tanto con como sin nicotina. Esta legislación fue aprobada en octubre de 2023 y promulgada en septiembre de 2024, siendo finalmente publicada en el Diario Oficial el pasado 19 de febrero.

Restricciones para la venta y acceso a menores

La nueva ley considera que los sistemas electrónicos de administración de nicotina son productos potencialmente adictivos, por lo que su comercialización queda restringida exclusivamente a personas mayores de 18 años. Esta medida busca proteger a los menores de edad de los riesgos asociados a estos dispositivos.

¿Qué no se podrá hacer con la Ley de vaporizadores?

Celso Muñiz, encargado de la Oficina de Control de Tabaco del Ministerio de Salud, explicó que el objetivo principal es “prohibir la venta de estos productos a menores de 18” y asegurar que todos los dispositivos lleven una advertencia sanitaria clara sobre los riesgos para la salud.

Limitaciones a la publicidad

La publicidad de cigarrillos electrónicos y sus accesorios estará restringida. Solo se permitirá en formato físico dentro de los puntos de venta, sin que sea visible desde el exterior. Además, no podrá instalarse en un radio de 400 metros de establecimientos educacionales o de salud.

ÚLTIMAS NOTICIAS

En los medios de comunicación, la publicidad solo estará permitida en radio, entre las 20:00 y las 6:00 horas, y deberá incluir una advertencia auditiva de al menos ocho segundos proporcionada por el Ministerio de Salud. En cuanto a la publicidad física, esta deberá incluir una advertencia escrita que ocupe el 50% del espacio del mensaje.